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Matías Farías, uno de los acusados por el femicidio de Lucía Pérez.
Al analizar las pruebas presentadas en este segundo proceso oral, la defensora dijo que Lucía "tomó libremente y bajo ninguna presión la decisión de ir a encontrarse" con Farías en la mañana del 8 de octubre 2016, luego de conocerlo el día anterior. "Surgió onda entre ellos y ambos decidieron pasar un buen momento entre ellos ese sábado", señaló.
La defensora repasó los últimos chats mantenidos entre Farías y Lucía, y aseguró que fue ella quien buscó reunirse con su asistido y que no lo hizo "motivada por estupefaciente alguno", como aseguraron los acusadores, ya que "de hecho, ya contaba con drogas en su poder".
Respecto de la falta de consentimiento señalada en sus alegatos por el fiscal y por las abogadas Verónica Heredia y Florencia Piermarini, representantes de la familia de la adolescente, Solari subrayó que "no hay un solo dato" que indique "que Lucía no consintió esas relaciones sexuales". En la misma línea, resaltó que el cuerpo no presentaba "ningún signo de ataduras, ningún golpes" ni "nada que haga pensar que hubiese sido sometida".
En cuanto a la muerte, señaló que la principal hipótesis expuesta por peritos de la Asesoría Penal de la Suprema Corte bonaerense "ante la ausencia de lesiones y la presencia de marihuana y cocaína en todos los fluidos de Lucía", apuntaba como causa "altamente probable" a una "asfixia tóxica que derivó en una congestión pulmonar y edema".
Tras un cuarto intermedio, comenzó su alegato el defensor de Offidani, César Sivo, quien aseguró que "en esta causa no hay nada".
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Los acusados no estuvieron presentes y seguían la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como hicieron con la apertura y el alegato de las partes acusadoras: Farías, desde la Unidad Penal de Florencia Varela, y Offidani, desde la Alcaidía Penitenciaria de Batán.
Tanto el fiscal del juicio como las representantes de la familia de la menor, presentaron sus alegatos el último jueves y, en ambos casos, consideraron acreditado que Farías, con la presunta complicidad de Offidani, fue autor del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio".
De acuerdo con la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.
Durante el primer juicio, en noviembre de 2018 ante el TOC 1, ambos fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela.