La medida fue definida en la Resolución 187/2025 en el Boletín Oficial el pasado 14 de enero. El que advirtió el tema fue el Doctor en Estudios sobre Desarrollo y profesor universitario Julen Bollain expresó que la decisión "viola acuerdos internacionales contra la discriminación. Es una barbaridad".
Al viralizarse la situación, la ANDIS dio marcha atrás. "Desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminologia obsoleta. La Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes", indicaron.
"La Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5)", aclararon.
Además, el titular del organismo dijo que se desplazaría a los responsables de la medida. Sin embargo, las explicaciones no alcanzaron y en el Gobierno analizan desplazarlo también.