Este lunes, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto de Javier Milei que veta de manera total la reforma jubilatoria, que se aprobó en el Congreso hace unas semanas.
Como había anticipado, el presidente de la Nación Javier Milei vetó la Ley aprobada en el Congreso que imponía una nueva fórmula de movilidad jubilatoria.
Este lunes, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto de Javier Milei que veta de manera total la reforma jubilatoria, que se aprobó en el Congreso hace unas semanas.
“Manifiestamente violatoria del marco jurídico vigente en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento", señala el decreto presidencial.
También plantearon que el proyecto “padece graves deficiencias técnicas y operativas que ponen de relieve su manifiesta irrazonabilidad y las serias dificultades que presentaría su implementación”.
En simultáneo, el Ejecutivo oficializó un nuevo bono de 70 mil pesos para los jubilados en el marco del sistema de actualizaciones vigente.
A su vez, convocaron al Poder Legislativo a “actuar con sensatez institucional, de forma responsable, cuidando de no emitir disposiciones cuya aplicación sea inconveniente para las cuentas públicas, o que contradigan la proyección de ingresos y desnutrición de gastos prevista en el Presupuesto Nacional”.
“La administración de los recursos públicos debe ser realizada en forma responsable y conforme a los fines públicos y principios de buena administración que debe perseguir toda acción de gobierno, procurando alcanzar el bien común que debe guiar toda política de gobierno”, sostienen.
El decreto indica que la aplicación de la ley "implicaría para el ESTADO NACIONAL un gasto adicional al previsto de aproximadamente SEIS BILLONES CIENTO SESENTA MIL MILLONES DE PESOS ($6.160.000.000.000.-) para el año 2024", que se elevaría a "QUINCE BILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL MILLONES DE PESOS ($15.430.000.000.000.-) para el año 2025".
Asimismo, señala que dichos importes "equivalen al UNO COMA DOS CENTÉCIMOS POR CIENTO (1,02%) del Producto Bruto Interno (PBI) calculado para el año en curso; y de UNO COMA SESENTA Y CUATRO CENTÉCIMOS POR CIENTO (1,64%) de aquél, estimado para el año entrante".
Y añade que las cifras tornarían "imposible cumplir con las metas fiscales fijadas por el GOBIERNO NACIONAL".
A su vez remarca que dar cumplimiento a la medida sancionada por el Congreso "dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la REPÚBLICA ARGENTINA" e implicaría "obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos".
El Gobierno resaltó, siempre en los considerandos del decreto, que el proyecto de ley vetado "padece graves deficiencias técnicas y operativas que ponen de relieve su manifiesta irrazonabilidad y las serias dificultades que presentaría su implementación" y que "a lo largo del tiempo el aumento otorgado a los jubilados no representaría un reflejo del incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ni tampoco del aumento de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)".
"Para garantizar que el sistema de movilidad previsional sea justo y equitativo, es fundamental continuar con la movilidad jubilatoria establecida en el Decreto N° 274/24, toda vez que el mismo garantiza -por primera vez en décadas- que los jubilados nunca más perderán contra la inflación, evitándoles el flagelo que han padecido en los últimos 22 años; y ello sin quebrar el equilibrio fiscal ni agravar la deteriorada situación del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en el corto, mediano o largo plazo", concluyó.
El Gobierno le recordó al Poder Legislativo, por otro lado, "que debe actuar con sensatez institucional, de forma responsable, cuidando de no emitir disposiciones cuya aplicación sea inconveniente para las cuentas públicas, o que contradigan la proyección de ingresos y distribución de gastos prevista en el Presupuesto Nacional".
La oposición votó en el Congreso que el haber mínimo no puede estar por debajo del valor de la canasta básica total (CBT) de un adulto equivalente multiplicada por 1,09.
La CBT de julio (último dato oficial) fue de $ 291.471,73 por 1,09 da un total de $ 317.704,19. Y en ese mes el haber mínimo fue de $215.581 más el bono de $70.000: $285.581. La diferencia representa también una mejora en los haberes mínimos.
Los legisladores también votaron un incremento de todos los haberes del 7,2% desde abril y una actualización jubilatoria mensual en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Sin embargo, al haber sido aprobada por ambas cámaras con más de dos tercios de los votos, ahora la oposición puede insistir con la ley sancionada y rechazar el veto.