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Javier Milei derogó la Ley de Tierras: qué establecía la normativa y qué se podrá hacer ahora

El mandatario anunció la derogación de la normativa sancionada en 2011 a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).
21 de diciembre de 2023 - 12:33
Javier Milei derogó la Ley de Tierras: qué establecía la normativa y qué se podrá hacer ahora

Ley de Tierras: en que consiste la normativa derogada por Javier Milei

El presidente Javier Milei anunció la derogación de la Ley de Tierras a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), entre el paquete de medidas anunciado este miércoles por la noche en cadena nacional.

La norma establece un límite a la compra de tierras rurales por parte de ciudadanos extranjeros hasta las 1.000 hectáreas en la zona núcleo o una superficie equivalente según la ubicación territorial.

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Al mismo tiempo, fija en un 15% el límite a toda titularidad de dominio o posesión de campos en territorio nacional para aquellas personas extranjeras, tanto físicas como jurídicas. El objetivo de la ley es poner un límite a la extranjerización de las tierras.

También, prohíbe la posesión de tierras que sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes y de inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera.

También, prohíbe la posesión de tierras que sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes y de inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera.

En 2016 la Ley de Tierras sufrió cambios

En junio de 2016, bajo el gobierno de Mauricio Macri, se realizaron varias modificaciones a dicha ley a través del decreto 820/2016. Entre los puntos más relevantes, aclaró el concepto de personas extranjeras (físicas o jurídicas) como aquellas que en forma directa o indirecta formen la voluntad mayoritaria, independientemente de su participación social, y establece una presunción de extranjería en caso de que una persona extranjera sea titular del 51% del capital social de la persona jurídica.

También obligó a informar toda modificación en el paquete accionario de personas jurídicas consideradas extranjeras al Registro Nacional de Tierras Rurales. El decreto otorgó, además, facultades al Consejo Interministerial para modificar las equivalencias fijadas por las provincias a fin de que sean razonables desde el punto de vista del tipo de explotación y jurisdicción.

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Por otra parte, dispuso la no afectación de derechos adquiridos por las personas extranjeras titulares de tierras rurales previo al dictado de la ley y que, en caso de querer venderlas, tendrán permitido adquirir una extensión equivalente, aunque supere el límite de 1.000 hectáreas que fija la norma.

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