Mercado inmobiliario

Ley de Alquileres: cómo serán los contratos tras el decreto anunciado por Javier Milei

Con la derogación de la Ley de Alquileres, qué pasará con los contratos y su tiempo de duración, moneda en que se pagarán, garantía, y demás ítems.
A través del DNU

A través del DNU, Milei estableció la derogación de la Ley de Alquileres (Foto: Telam).

La derogación de la Ley de Alquileres se encuentra dentro del paquete de medidas del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado por el presidente Javier Milei este miércoles por la noche en cadena nacional, en la que estuvo acompañado de su Gabinete.

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El mandatario justificó la medida con el fin de que "el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea".

La Ley de Alquileres fue sancionada en julio de 2020 y no tardó en cosechar críticas por la disparada en los precios que despertó en el mercado inmobiliario, sumado a que los propietarios rechazaban el plazo de 3 años de contrato y las actualizaciones anuales.

Con la reciente actualización, en octubre de este año, se estableció que los contratos se mantuvieran durante 3 años, con actualizaciones de los valores en un plazo mínimo de 6 meses, en base al denominado Coeficiente Casa Propia, utilizados desde hace 2 años para los créditos enmarcados en el programa Procrear.

Cómo funcionarán los alquileres tras el DNU de Javier Milei

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El Gobierno decretó una amplia

El Gobierno decretó una amplia "emergencia pública" por dos años. (Foto: captura cadena nacional)

  • Moneda de pago y actualización. Los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato.
  • En caso que no se haya establecido plazo, en los casos de locación temporal, se tomará el que establezcan los usos y costumbres del lugar donde se asiente el inmueble locado: en los contratos de locación con destino a vivienda permanente, con o sin muebles, será de dos (2) años; y para los restantes destinos (como alquiler de oficinas o locales) será de tres (3) años.

Cabe aclarar que los cambios no afectarán a los contratos que ya están en curso.

El resumen de la nueva Ley de Alquileres

  • Moneda: será libre, nacional o extranjera.
  • Plazo: 2 años de contrato para vivienda y 3 para viviendas o locales.
  • Actualización: las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres.
  • Expensas: los inquilinos deberán pagar ordinarias y extraordinarias.
  • Garantía: se puede pedir cualquiera y se universaliza el seguro de caución.
  • Depósito: serán dos meses de depósito (se permite que sea en dólares). El propietario deberá devolverlo a los 60 días de haber finalizado el contrato.
  • Resolución Anticipada: el locatario tendrá la posibilidad de disolver el contrato en cualquier momento, abonando el diez por ciento (10%) del saldo del canon locativo futuro.
  • Arreglos de la casa: le corresponde a los inquilinos.
  • Control judicial de las cláusulas abusivas. La aprobación administrativa de las cláusulas generales no obsta a su control judicial.