Además, esta iniciativa establece la capacitación de los equipos de salud para este procedimiento, se impulsará el desarrollo de actividades de investigación sobre este tratamiento y se garantizará el acceso a la información sobre donación de plasma de recuperado de COVID-19.
Recetas médicas electrónicas y teleasistencia
Por unanimidad, el proyecto de prescripción y dispensa de medicamentos a través de recetas electrónicas o digitales y la teleasistencia en salud se convirtió en Ley.
De esta manera, se autoriza la prescripción médica, la formulación de recetas o estudios médicos de todos los profesionales de la salud avalados para realizar estas acciones, ya sean del ámbito público y privado.
Asimismo, se establece que lo prescrito en estas recetas electrónicas deberán dispensarse en cualquier farmacia o establecimientos de salud habilitados, en todo el país; al tiempo que determina "garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias clínicas digitales), prescripción, dispensación y archivo" y "los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas vigentes en el área".
Tratamiento de fibrosis quística
Con 64 votos a favor y solo 3 en contra, se convirtió en Ley el proyecto que establece que las obras sociales y las prepagas deberán, obligatoriamente, cubrir el 100% de las prestaciones dispuestas por los profesionales para los pacientes con fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, en un plazo de 30 días corridos para los casos no urgentes y de forma inmediata para los urgentes.
Esta medida, según explicaron, impone que las prestadoras de servicios de salud garanticen el tratamiento médico, cercano a los 300.000 dólares por paciente por año, de estos pacientes, al tiempo que establece la cobertura al 100% de los estudios de diagnóstico, tratamiento y control que se vinculen o deriven de estas patologías, como así también el diagnóstico y tratamiento de los órganos afectados por el avance de la enfermedad.
Además, estas enfermedades contarán con un certificado Único de Discapacidad, expedido por las autoridades competentes; al igual que se impondrá un régimen legal de protección integral, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención con el objetivo de que los pacientes alcancen su desarrollo e inclusión social, económica y cultural.
Asimismo, se establecerán normas de provisión de medicación e insumos (revisadas y actualizadas cada 2 años) con evaluaciones farmacológicas y tecnológicos; se impone que estas patologías no deben ser impedimentos para el ingreso laboral; y se dispone la instauración de campañas nacionales informativas de detección y concientización para una mayor integración social.