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Trabajadores/as en relación de dependencia.
Monotributistas de categorías A a H.
Personas bajo cobertura de una ART.
Trabajadores/as de temporada o rurales.
Beneficiarios/as de la Prestación por Desempleo.
Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
Antigüedad laboral requerida:
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En relación de dependencia: 3 meses de aportes en el último año.
Monotributistas: 3 meses de aportes previos a la concepción.
Desempleo o pensión: sin antigüedad requerida.
El trámite debe hacerse en ANSES con constancia médica y documentación laboral. Si el/la otro/a progenitor/a está en relación de dependencia, deberá ser quien lo solicite.
¿Quiénes pueden cobrar la Asignación por Maternidad?
La Asignación por Maternidad reemplaza el sueldo habitual de la trabajadora durante la licencia por maternidad. Es exclusiva para mujeres gestantes que trabajen en relación de dependencia o estén registradas como trabajadoras de casas particulares.
Requisitos clave:
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Tener al menos 12 semanas de gestación.
Contar con 3 meses de antigüedad laboral.
Estar activamente trabajando al momento de iniciar la licencia.
El monto a cobrar es igual al salario bruto habitual de la beneficiaria, sin tope de Ingreso Grupo Familiar (IGF).
¿Cuánto se cobra por Prenatal y Maternidad en agosto? Prenatal
Los montos varían según zona e IGF:
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IGF hasta $264.703: hasta $36.861
IGF entre $264.703,01 y $388.216: hasta $30.334
IGF entre $388.216,01 y $448.209: hasta $27.412
IGF entre $448.209,01 y $1.401.750: hasta $13.930
Maternidad
El pago equivale al sueldo bruto, sin descuentos ni topes máximos de ingreso.
¿Cuándo se cobra en agosto?
La Asignación por Maternidad, al igual que las Asignaciones de Pago Único (como matrimonio, nacimiento o adopción), se abonarán entre el 11 de agosto y el 10 de septiembre, sin distinción por terminación de DNI.