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ANSES: quiénes pueden cobrar la pensión por fallecimiento en 2026 y cómo tramitarla

La pensión por fallecimiento de ANSES es un ingreso mensual destinado a familiares de jubilados. Quiénes pueden acceder, qué requisitos se deben cumplir y cómo iniciar el trámite paso a paso.

21 de abril de 2026 - 14:47
ANSES: quiénes pueden cobrar la pensión por fallecimiento en 2026 y cómo tramitarla

ANSES: quiénes pueden cobrar la pensión por fallecimiento en 2026 y cómo tramitarla

Cuando fallece una persona jubilada, no solo se produce una pérdida emocional, sino también un impacto económico en su entorno cercano. Para esos casos, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) contempla la pensión por fallecimiento, una prestación mensual destinada a garantizar la continuidad de ingresos del grupo familiar.

Este beneficio forma parte del sistema previsional argentino y busca evitar que los familiares directos queden en situación de vulnerabilidad. Sin embargo, no todos pueden acceder automáticamente: el derecho está sujeto a condiciones específicas que deben acreditarse.

Quiénes pueden cobrar la pensión por fallecimiento

El acceso a esta prestación está limitado a familiares con vínculo directo y comprobable con la persona fallecida. La normativa vigente establece tres grupos principales.

En primer lugar, el cónyuge tiene prioridad. Para acceder, es necesario presentar una partida de matrimonio actualizada que demuestre que el vínculo seguía vigente al momento del fallecimiento.

También pueden cobrar la pensión quienes hayan convivido con el jubilado sin estar casados. En estos casos, se trata de la figura del conviviente previsional. Para acreditarlo, se exige demostrar al menos cinco años de convivencia continua. Si hubo hijos en común, el plazo se reduce a dos años. La prueba se realiza mediante documentación como domicilios compartidos, cuentas conjuntas o declaraciones juradas.

Por último, los hijos también pueden ser beneficiarios, aunque con condiciones. Pueden acceder aquellos menores de 18 años, solteros y que no perciban otra prestación incompatible. En el caso de hijos con discapacidad, no hay límite de edad, siempre que se compruebe que dependían económicamente del jubilado.

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Cómo iniciar el trámite en ANSES

El trámite puede iniciarse una vez transcurridos 10 días hábiles desde el fallecimiento, plazo necesario para que el sistema registre oficialmente el evento.

Si el fallecimiento ocurrió dentro de los últimos seis meses, la solicitud puede hacerse de forma online a través de la plataforma Mi ANSES, utilizando la Clave de la Seguridad Social.

En cambio, si pasó más tiempo o el caso requiere un análisis más complejo, es necesario solicitar un turno y realizar el trámite de manera presencial en una oficina del organismo.

Documentación necesaria para acceder al beneficio

Para iniciar la gestión, ANSES exige una serie de documentos que acrediten tanto el fallecimiento como el vínculo con el solicitante.

Entre los principales requisitos se encuentran el DNI del solicitante, la partida de defunción y la documentación que demuestre el vínculo, como partida de matrimonio, nacimiento o convivencia.

Además, se debe presentar el Formulario PS 6.9, donde se declara si se perciben otras prestaciones, y en algunos casos pueden requerirse formularios adicionales, por ejemplo, cuando intervienen apoderados o beneficios en el exterior.

Cuánto se cobra por la pensión en 2026

El monto de la pensión no es fijo, ya que se calcula como un porcentaje del haber que percibía el jubilado al momento de su fallecimiento.

Cuando hay un único beneficiario, como el cónyuge o conviviente, corresponde el 70% del haber. En cambio, si hay hijos con derecho, el esquema se distribuye de otra manera: el 50% para el cónyuge y el 20% para cada hijo.

ANSES establece que el total nunca puede superar el 100% de la jubilación original y garantiza que el monto respete el haber mínimo vigente.

Un dato importante es que, cuando un hijo deja de percibir la pensión por alcanzar la edad límite, su porcentaje se redistribuye y se suma al del cónyuge.

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