Por eso requirieron la detención preventiva de Makintach, amparándose en el artículo 148 del Código Procesal Penal bonaerense, que contempla medidas cautelares ante peligro de fuga, riesgo concreto de entorpecimiento y maniobras orientadas a influir en testigos o manipular prueba.
Los abogados describieron una serie de episodios: mensajes intimidatorios enviados a la custodia policial Malen Tatí Romero tras su declaración, un contacto impropio con la médica esteticista María Eva Soledad Pereyra —a quien habría intentado influir enviándole material audiovisual— y conductas consideradas inapropiadas hacia periodistas que cubrieron el caso. Para ellos, no se trata de situaciones aisladas sino de un “modus operandi” destinado a condicionar a quienes aportan información relevante.
El planteo incluyó, además, la advertencia sobre la capacidad de Makintach para intervenir en la investigación valiéndose de su rol funcional, accediendo a dependencias, registros o personal del Poder Judicial y permitiendo ingresos en días inhábiles sin autorización. También pidieron la preservación y secuestro del material del programa televisivo conducido por Nelson Castro, donde la ex jueza volvió a pronunciarse sobre el proceso, así como la prohibición de realizar declaraciones públicas que pudieran afectar la causa principal o revictimizar a Dalma y Gianinna Maradona.