Cuando se acumulan deudas en la tarjeta de crédito, se puede dar de baja la misma. Las entidades bancarias no pueden impedir la cancelación del plástico por registrar deuda, aunque la obligación de pago siga vigente.
La deuda en la tarjeta de crédito suele plantear dudas al momento de cancelar el plástico. Los puntos clave.

El trámite para cancelar una tarjeta de crédito puede realizarse incluso con deuda pendiente.
Cuando se acumulan deudas en la tarjeta de crédito, se puede dar de baja la misma. Las entidades bancarias no pueden impedir la cancelación del plástico por registrar deuda, aunque la obligación de pago siga vigente.
Según la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito y las normas del Banco Central de la República Argentina (BCRA), la baja no puede ser condicionada al pago total de lo adeudado. El titular puede cancelar el contrato en cualquier momento, independientemente del estado de la cuenta.
El trámite puede realizarse por dos vías principales. A través del Home Banking o la banca digital, ingresando a la aplicación o al sitio web del banco, en las secciones “Tarjetas”, “Productos” o “Solicitudes”, donde figura la opción “Dar de baja” o “Cancelar tarjeta”, y siguiendo luego los pasos que indica el sistema.
También puede gestionarse de manera presencial, en una sucursal de la entidad bancaria. Esta alternativa suele ser la más utilizada cuando existe deuda, de acuerdo con los procedimientos internos de cada banco.
La cancelación del plástico no elimina el saldo pendiente, pero sí tiene efectos concretos:
En este sentido, dar de baja la tarjeta permite frenar la acumulación de cargos vinculados al producto, aunque no cancela la obligación de pago.
Recomendaciones
Dar de baja una tarjeta con deuda es un derecho del usuario, que permite evitar nuevos cargos asociados al plástico y ordenar la situación financiera sin afectar la obligación de cancelar el monto adeudado.