Asimismo, se excluyen las sociedades comerciales (laboratorios privados), las que sólo serán autorizadas a la producción de fitopreparados y formulaciones magistrales, como a su posterior comercialización si funcionan bajo la forma de farmacias.
El Ministerio de Salud provincial será la autoridad de aplicación, que coordinará la implementación de las políticas públicas en conjunto con el Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico entrerriano.
Las personas humanas, asociaciones civiles y fundaciones deberán solicitar una "certificación oficial" para cultivar a la cartera sanitaria; y los organismos, laboratorios, centros y asociaciones pedirán una "licencia", que buscará "favorecer a la economía popular, economías regionales y la accesibilidad" en la provincia. En tanto, las universidades estarán exceptuadas de la necesidad de solicitar licencias.
La norma también crea el "Registro Provincial de Farmacias", donde deberán inscribirse las farmacias para producir y comercializar formulaciones magistrales a partir de extractos de cannabis, de cannabinoides o de materia prima vegetal con actividad farmacológica y su posterior comercialización.
También se crea el programa de acceso al cannabis de Entre Ríos (Pacer), para "desarrollar e implementar acciones de promoción y prevención; generar, facilitar y garantizar información y capacitaciones; garantizar el testeo gratuito de fitopreparados a todas las personas autorizadas.
Fuente: Télam