"El equipaje que no esté identificado con algún tipo de dispositivo de seguridad, no podrá ser ingresado a la unidad de transporte, sin derecho a compensación alguna", explica el documento.
Asimismo, las empresas deberán contar con un sistema de conservación y rendición de datos que permita facilitar la gestión de reclamos y la emisión de comprobantes de despacho, cualquiera sea el mecanismo utilizado. En los servicios interjurisdiccionales, los dispositivos adoptados deberán ser compatibles con los sistemas empleados en la región y en los servicios internacionales de países limítrofes.
La normativa alcanza a los servicios públicos interjurisdiccionales, de tráfico libre, ejecutivos y de turismo, tanto nacionales como internacionales.
Entrará en vigencia dentro de 60 días, y las transportistas deberán informar a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor los mecanismos elegidos con 30 días de antelación, bajo apercibimiento de sanciones.