SALARIOS

Paritarias en el agro: la industria y los trabajadores aceiteros cerraron un acuerdo del 98%

La cifra fue corroborada por los gremios y las tres cámaras que concentran a las principales empresas. El salario básico del sector quedó en $221.000.
Los trabajadores aceiteros y la industria llegaron a un importante acuerdo por las paritarias. 

Los trabajadores aceiteros y la industria llegaron a un importante acuerdo por las paritarias. 

Desde la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines (Ftciodyara), el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA) y las tres cámaras empresarias de la actividad aceitera anunciaron el acuerdo en las negociaciones paritarias. Se trata de una mejora del 98% anual, hecho que elevó el salario básico de los trabajadores a $221.000.

El acuerdo fue firmado entre las organizaciones sindicales y la Cámara de la Industria Argentina de la República Argentina (CIARA), la Cámara de Industrias de Aceite Vegetal de Córdoba (Ciavec) y la Cámara Argentina de los Biocombustibles (Carbio). En total se trató de una mejora en los salarios del 98% y elevó el ingreso básico inicial de los obreros y empleados aceiteros desde el 1° de octubre a $221.760.

Aceite, aceiteros
Las principales Cámaras ratificaron el acuerdo con los aceiteros en las paritarias.

Las principales Cámaras ratificaron el acuerdo con los aceiteros en las paritarias.

Además, el acuerdo incluye una mejora fija para el próximo mes de diciembre.

Los gremios reivindicaron "la importancia del nuevo logro colectivo a partir de la fuerza y convicción de los trabajadores, que se expresaron contundentemente en cada ocasión".

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El gremio de Aceiteros se alzó con una suba que roza el 100%.

El gremio de Aceiteros se alzó con una suba que roza el 100%.

Desde la conducción del Ftciodyara celebraron "la unidad en la acción y en la negociación con el gremio de San Lorenzo", y aseveró que ese hecho fue de "un valor fundamental".

"El planteo de los sindicatos se basó en el derecho a un salario mínimo, vital y móvil según su definición en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que estipula la satisfacción de nueve necesidades", concluyó.

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