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En junio, los docentes cobrarán el aguinaldo (Foto: archivo).
El aguinaldo corresponde a todos los trabajadores en relación de dependencia, independientemente de su tipo de contrato (por tiempo indeterminado, plazo fijo, eventual, entre otros). Además, se extiende a jubilados, pensionados y trabajadores autónomos que presten servicios a empresas.
No recibirán el SAC aquellos que no tengan un trabajo registrado, es decir, los empleados informales. Estos son los monotributistas (no tienen relación de dependencia y, por lo tanto, no están sujetos a las leyes laborales del aguinaldo), los dueños de negocios (no se consideran empleados) y los profesionales independientes, como abogados, arquitectos, contadores e ingenieros, ya que perciben honorarios por servicios específicos sin relación de dependencia, quienes no tienen derecho al aguinaldo.
Cómo se calcula el aguinaldo
El SAC se calcula de acuerdo con los meses trabajados, utilizando cualquiera de estas dos fórmulas:
- Dividir el mejor sueldo a la mitad, volver a dividir nuevamente ese monto por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
- Multiplicar los meses trabajados por la mitad del mejor sueldo mensual y, a ese resultado, dividirlo por seis.