El Gobierno habilitó a 9 provincias a cobrar peajes en rutas nacionales
Lo confirmó a través del Decreto 253/2026. La medida habilita a las jurisdicciones a administrar, reparar y mantener tramos viales federales.
17 de abril de 2026 - 10:54
El Gobierno habilitó a 9 provincias a cobrar peajes en rutas nacionales. (Foto: archivo)
El Gobierno nacional realizó cambios en la gestión de la infraestructura vial en la Argentina. A través del Decreto 253/2026, publicado en el Boletín Oficial, habilitó a nueve provincias a concesionar tramos de rutas nacionales mediante el sistema de peajes.
La decisión, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques, establece que las jurisdicciones podrán administrar, reparar, mantener y ampliar rutas nacionales que atraviesan sus territorios, aunque bajo condiciones específicas.
Cuáles son las provincias habilitadas a cobrar peajes
Las provincias alcanzadas por la normativa son Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz. En estos distritos, los gobiernos locales podrán avanzar con licitaciones de obra pública por peaje, ya sea con empresas privadas, mixtas o entes públicos.
Sin embargo, el decreto deja en claro un punto clave: el Estado nacional mantiene la titularidad de las rutas y la jurisdicción federal. Es decir, no hay transferencia de propiedad, sino una delegación de funciones.
En ese sentido, el texto oficial remarca que la medida tiene carácter “funcional, limitado, temporal y revocable”, lo que implica que puede ser revertida bajo determinadas condiciones.
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El Gobierno habilitó a 9 provincias a cobrar peajes en rutas nacionales. (Foto: archivo)
Cómo funcionará el sistema de concesiones
Para poner en marcha este nuevo esquema, cada provincia deberá firmar convenios individuales con la Dirección Nacional de Vialidad. En esos acuerdos se definirán:
Los tramos específicos a concesionar
El plan de obras y mantenimiento
El esquema de supervisión y auditoría
Las condiciones económicas del contrato
Además, los convenios deberán ser aprobados por la Secretaría de Transporte, bajo la órbita del Ministerio de Economía, que actuará como autoridad de aplicación.
El decreto también fija límites concretos: las concesiones no podrán extenderse por más de 30 años, y los fondos recaudados por peajes deberán destinarse exclusivamente a los tramos concesionados, sin posibilidad de financiar otras obras.
Condiciones y controles del nuevo esquema
Uno de los puntos centrales de la normativa es que las provincias deberán garantizar el cumplimiento de principios como:
Publicidad y transparencia en las licitaciones
Concurrencia de oferentes
Razonabilidad tarifaria
Equilibrio económico-financiero de los contratos
Además, se establece que los tramos concesionados no podrán ser licitados en conjunto con rutas de otras jurisdicciones, lo que limita la creación de corredores interprovinciales bajo un mismo contrato.
En paralelo, la Dirección Nacional de Vialidad tendrá la tarea de supervisar el cumplimiento de los contratos, asegurando que las condiciones establecidas se respeten.
El decreto también introduce un factor clave: los tiempos. Si una provincia no convoca a licitación dentro del plazo de un año desde la firma del convenio, la delegación quedará sin efecto para ese tramo.
Asimismo, si por cualquier motivo se extingue el contrato de concesión, el Estado nacional retomará automáticamente la gestión de la ruta.
En los considerandos, el Gobierno argumenta que varias provincias venían solicitando herramientas para hacerse cargo de las rutas que atraviesan sus territorios, en el marco de un proceso de “fortalecimiento del régimen federal”.
La medida se apoya en normativas previas como la Ley 17.520 de concesión de obra pública, el Decreto-Ley 505/58 del sistema vial y la Ley 27.742, que impulsa la reorganización del Estado.