La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, según la resolución 4673 en el Boletín Oficial, un pago a cuenta adicional del impuesto sobre los Bienes Personales, para las personas que posean bienes en el exterior sujetos al tributo. Allí se dispone que hay plazo hasta el 31 de marzo para realizar la repatriación del 5%.
