Tributos

Impuesto PAIS: cuáles son los sectores que pueden beneficiarse con su reducción

La baja del porcentaje del impuesto PAIS podría beneficiar la importación de insumos y bajar costos de producción en algunos segmentos de la economía.

Cuáles son los sectores que se pueden beneficiar con la baja del impuesto PAIS

Cuáles son los sectores que se pueden beneficiar con la baja del impuesto PAIS

El anuncio del ministro de Economía, Luis Caputo, sobre la reducción de la alícuota del impuesto PAIS del 17,5% al 7,5% despertó expectativas sobre los posibles beneficios que esta medida podría traer para algunos sectores económicos en Argentina.

Una de las áreas que podría ver un impacto positivo es la importación de insumos. Con una tasa impositiva más baja, las empresas podrían reducir sus costos de producción al importar materias primas y componentes a un costo menor.

Esta medida devolvería la tasa de este tributo a la vigente en diciembre, cuando asumió la presidencia Javier Milei. De todas formas, Caputo evitó dar precisiones sobre si la reducción alcanzaría a todos los rubros en los que actualmente aplica.

Excluyen del pago del Impuesto PAÍS a importación temporal de insumos para productos de exportación
Excluyen del pago del Impuesto PAÍS a importación temporal de insumos para productos de exportación. (Foto: gentileza Diario Panorama)

Excluyen del pago del Impuesto PAÍS a importación temporal de insumos para productos de exportación. (Foto: gentileza Diario Panorama)

Qué es el Impuesto PAIS

El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (Impuesto PAIS) fue creado en 2019 por el Gobierno de Alberto Fernández, aplicado como un impuesto de emergencia en ciertas operaciones y que se aplica a las operaciones de compra de moneda extranjera para atesoramiento. El objetivo principal es desincentivar la compra y gastos en moneda extranjera como el dólar, debido a su escasez.

Asimismo, se busca reducir el consumo de moneda extranjera durante un período de cinco períodos fiscales. El cálculo del impuesto se realiza tomando como base el valor del dólar oficial a la fecha del consumo en el caso de las transacciones con tarjeta de débito, o a la fecha de cierre del resumen para las transacciones con tarjetas de crédito.

La alícuota del Impuesto PAIS es del 30% en el caso de la compra de moneda extranjera, gastos con tarjeta de débito y crédito en moneda extranjera, y servicios turísticos en el exterior. No obstante, el porcentaje varía según el tipo de operación que se efectúe o el servicio que se consuma.

  • 17,5% a Importaciones de Bienes: Este es el porcentaje que se reduciría a 7,5% si se aprueba la Ley Bases.
  • 30% a Compra de Moneda Extranjera para Atesoramiento.
  • 30% a Pago de Servicios en el Exterior.
  • 30% a Compra de Pasajes y Paquetes Turísticos.
  • 30% a Compra de Bienes en el Exterior.
  • 30% a Gastos con Tarjetas de Crédito y Débito en el Exterior.
  • 30% a Pagos de Servicios Digitales del Exterior.
  • 25% a Adquisición de ciertos servicios en el exterior o prestados por no residentes desde julio de 2023

Las modificaciones planteadas por Caputo solo aplicarían a la importación de bienes.

Durante un acto en La Rural que se realizó el domingo 28 de julio de 2024, Javier Milei se comprometió a bajar el Impuesto PAÍS y a quitar las retenciones al campo en los próximos meses.

Las medias generarán un importante impacto en la recaudación y el Ejecutivo todavía debe aguardar a compensarlo a través de las medidas aprobadas en el paquete fiscal de la LEy Bases.

El objetivo del impuesto PAIS

La AFIP precisó hacia dónde se destina lo recaudado con el impuesto PAIS. Actualmente, los fondos son destinados a:

  • Programas a cargo de Anses y PAMI.
  • Obras de vivienda social, del fideicomiso Fondo de Integración Sociourbana, obras de infraestructura económica y fomento del turismo nacional.
  • Prestaciones a cargo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
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Quienes se pueden beneficiar con la baja del impuesto PAIS

Las operaciones que se pueden beneficiar con la reducción del impuesto PAIS son:

  • Compra de moneda extranjera para ahorro, incluidos los cheques de viajero.

  • Compra de moneda extranjera para pagar obligaciones por: adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye enseñanza educativa), o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes; importación de mercaderías, siempre que no se encuentren exentas; adquisición en el exterior o en país (prestados por no residentes) de los servicios indicados en el anexo II del Decreto 99/2019, y adquisición en el exterior o en país (prestados por no residentes) de servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes.

  • Las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019: el pago del impuesto estará a cargo de quien realice la operación

  • Suscripción en pesos de bonos o títulos emitidos en dólares estadounidenses por el Banco Central, por quienes posean deudas por importaciones de bienes no exentos con registro de ingreso aduanero o importación de servicios hasta el 12 de diciembre de 2023, inclusive.

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  • Suscripción en pesos de BOPREAL o aquellos bonos o títulos que el BCRA emita en el futuro con igual finalidad para el pago de utilidades o dividendos y repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019: el pago del impuesto estará a cargo del suscriptor al momento de realizar la operación.

  • Cambio de moneda extranjera realizado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario. Se aplicará a los cambios de moneda que se destinen al pago de bienes o servicios en el exterior que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente, incluidas las extracciones o adelantos en efectivo que se hagan en el exterior.

También se incluyen las compras en moneda extranjera que se realicen desde portales o sitios virtuales o cualquier otra modalidad.

  • Cambio de moneda extranjera realizado por las entidades financieras por cuenta y orden del contratante residente en el país. Se aplicará a los cambios de moneda que se destinen al pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente.

  • Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.

  • Pago de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país. No deben abonar el impuesto quienes contraten, en el país, servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes.
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