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Moratoria 2020

Pymes: el Gobierno prorroga por seis meses el valor de las cuotas de deudas con la AFIP

La medida, anunciada por el ministro Sergio Massa, alcanza a entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, así como personas humanas.
12 de octubre de 2023 - 11:11
Pymes: el Gobierno prorroga por seis meses el valor de las cuotas de deudas con la AFIP

La AFIP explicó que con la nueva resolución la actualización de la tasa pasará de ser semestral a anual (Foto: gentileza El Cronista).

El ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, destacó este jueves la decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos de suspender el aumento de las tasas de interés de los planes de pago de la moratoria 2020 para pymes, entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, así como personas humanas.

La medida se plasmó en la Resolución General 5431/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, y Massa remarcó, en un mensaje grabado difundido por el Palacio de Hacienda, que de esa manera se beneficiarán "más de 189.000 pymes, micropymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro".

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La AFIP explicó que con la nueva resolución la actualización de la tasa pasará de ser semestral a anual y por consiguiente el próximo aumento será en abril de 2024.

Asimismo, sostuvo que la resolución se tomó "en concordancia con las recientes medidas de fortalecimiento de la actividad económica impulsadas por el Ministerio de Economía para los contribuyentes de menor envergadura".

"Hemos tomado la decisión de prorrogar por seis meses más el valor de la cuota de tu deuda con la AFIP", señaló Massa en un mensaje de 52 segundos de duración, en el que expresó entender "el esfuerzo" de los contribuyentes favorecidos con la medida "en la lucha contra la inflación y por mantener los puestos de trabajo".

"Hacemos el esfuerzo juntos, no aplicamos tasa de interés a los efectos de que vos tengas aliviada la situación y sigas defendiendo, como lo vienen haciendo las pymes, la generación de empleo en la Argentina", finalizó el ministro.

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Entre los beneficiarios de la medida, la AFIP identificó a "las micro y pequeñas empresas" (Foto: archivo).

La nueva resolución modifica parte de los artículos 23 y 55 de la Resolución General 5101/2021, cambiando la periodicidad semestral a anual para las cuotas con vencimiento en los meses de abril de 2023 y siguientes.

De esa manera, se deja de tener en consideración a los semestres abril/septiembre y octubre/marzo, que pasa a ser reemplazado por abril/marzo.

Entre los beneficiarios de la medida, la AFIP identificó a "las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, así como por las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas 'pequeños contribuyentes'".

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