- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: septiembre de 2019 y septiembre de 2021.
- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: septiembre 2021.
- Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de octubre inclusive.
- Corte de actualización CBU: 23 de octubre inclusive.
REPRO II: Cuáles son los requisitos de inscripción
Las empresas que quieran solicitar el Repro II deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener domicilio fiscal electrónico.
-Nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y Clave Bancaria Uniforme de la trabajadora o del trabajador.
- Completar, vía formulario web, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.
- Certificación Contable de la veracidad de la información incluida en el formulario web, certificada por el Consejo de Ciencias Económicas (empleadores de 800 o más trabajadores).
- Último balance del ejercicio exigible. Tiene que estar certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. La certificación podrá ser hológrafa o digital.
- La presentación del balance del último ejercicio cerrado no será requerida para:
- las asociaciones civiles y todo otro empleador o empleadora que no esté sujeto a la presentación del mismo: monotributistas y autónomos, sociedades de hecho, SAS, fideicomisos
- los empleadores y empleadoras que iniciaron su actividad económica a partir del 1° de diciembre de 2019.
- Declaración jurada mediante la cual el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1° de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación.
- Empresa sector salud: planilla con la nómina de trabajadores excluidos, cuyas actividades laborales comprenden, en forma exclusiva, la administración y comercialización y toda otra prestación de servicios dedicada a los seguros de cobertura de salud, bajo el régimen de medicina prepaga u obra social (Resolución N° 19/2021).