Crisis

Repro II: ¿Cuáles son los nuevos requisitos que deben cumplir las empresas para recibir el beneficio?

El Ministerio de Trabajo dio a conocer las condiciones que deben presentar las firmas golpeadas por la pandemia.
Repro II: cuáles son los nuevos requisitos que deben cumplir las empresas

Repro II: cuáles son los nuevos requisitos que deben cumplir las empresas

El Ministerio de Trabajo dio a conocer los nuevos requisitos para los que puedan quedar alcanzados bajo el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), destinado a que las empresas más golpeadas por la parálisis de actividades a causa del coronavirus puedan afrontar el pago de los salarios.

A través de la Resolución 245/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno adoptó recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II, que estableció nuevos parámetros para medir el impacto que sufrió cada sector de manera que así puedan inscribirse en el beneficio.

En primer lugar, para los sectores considerados críticos se tomará la facturación registrada en abril de 2019 y el mismo mes de este año. Luego, se tomará la diferencia entre ambos períodos y quienes tengan al menos un 20% menos de su facturación real y un aumento máximo del 69% en términos nominales podrán acceder al beneficio.

Lo mismo sucederá con la facturación para los sectores no críticos, pero en ese caso, la comparación se hará entre marzo de 2019 y el mismo mes de este año. Asimismo, en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales y como máximo un aumento de 112% en términos nominales.

Para este mes, el Gobierno subió a $18.000 la asistencia para los sectores críticos, al igual que los trabajadores de la salud, mientras que los no críticos reciben $9.000. Además, también percibirán $18.000 los trabajadores independientes del sector gastronómico autónomos o que se encuentren bajo el régimen del monotributo.

Para acceder al beneficio, las empleadoras y los empleadores deben cumplir con distintas condiciones que varían según el sector. Los sectores no críticos deben tener al menos cuatro de los siete parámetros establecidos y serán obligatorios cumplir las variaciones de la facturación, las porcentuales de la relación entre el costo laboral y la facturación, y de las importaciones.

Para el sector salud deben entregar las variaciones de la facturación, y la porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación, mientras que los sectores críticos necesitan contar con la variación de la facturación en términos nominales y del indicador de liquidez corriente.

En tanto, las empresas con más de 15 trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia deberán presentar obligatoriamente la información sobre los montos de activos, pasivos y patrimonio neto, con excepción de los sectores críticos que deben entregar los activos y pasivos corrientes.

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