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La Justicia le bajó la condena a Eugenio Veppo, el periodista condenado por matar a una agente de tránsito

El responsable de la muerte de Cinthia Choque fue favorecido con una rebaja de su condena a 5 años y 10 meses de prisión. Los detalles.
La Justicia benefició al asesino Eugenio Veppo. (Foto: archivo)

La Justicia benefició al asesino Eugenio Veppo. (Foto: archivo)

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En horas de la tarde de este martes, el periodista Eugenio Veppo, quien en 2019 atropelló y mató a una agente de tránsito e hirió a otro en el barrio porteño de Palermo, fue beneficiado con una rebaja de su condena a 5 años y 10 meses de prisión, luego de que la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional considerara que se trató de un “homicidio culposo” y no con “dolo eventual”, como había sido condenado en el juicio oral.

Tras una argumentación dada a través de la plataforma virtual Zoom, el fallo por unanimidad fue dictado por la Sala I de dicha Cámara, integrada por los jueces Gustavo Bruzzone, Jorge Luis Rimondi y Mauro Divito, quienes determinaron que cabía reducirle la sentencia de primera instancia -de 9 años y 3 meses de prisión- que en 2021 había sido dictada por un tribunal oral por la muerte de Cinthia Choque (28) y las heridas sufridas por su compañero Santiago Siciliano (34).

Tras la nueva resolución judicial, el abogado Diego Szpigiel, representante del acusado que está preso en la cárcel de Ezeiza, dijo a la agencia de noticias Télam que esta semana pedirá la “excarcelación en términos de libertad condicional y que se le aplique la Ley de Estímulo educativo”, normativa que permite a los presos descontar, con diversos cursos, tiempo del cómputo de la pena.

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Agentes de tránsito de la ciudad de Buenos Aires lloraron la muerte de Cinthia Choque, quien fue asesinada por Veppo que conducía a más de 130 kilómetros por hora en una avenida cuya máxima es 70 km. (Foto: archivo)

Agentes de tránsito de la ciudad de Buenos Aires lloraron la muerte de Cinthia Choque, quien fue asesinada por Veppo que conducía a más de 130 kilómetros por hora en una avenida cuya máxima es 70 km. (Foto: archivo)

Eugenio Veppo: un fallo judicial de 42 páginas le permitirá salir antes en libertad

En el fallo de 42 páginas, los camaristas consideraron que el caso debía ser encuadrado como un “homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas, por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor, y por haberse dado a la fuga sin intentar socorrer a las víctimas, conducir en exceso de velocidad de más de 30 km/h por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, y con culpa temeraria”.

De esta manera, Casación relativizó los argumentos del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 14 que, para sostener el “dolo eventual”, había tenido en cuenta el exceso de velocidad -132 kilómetros por hora promedio, según peritajes-, el cruce de dos semáforos en rojo, las maniobras imprudentes en “zigzag” y la ingesta de alcohol en una cena previa.

“Entiendo que el accionar que -­según se demostró-­ asumió el imputado al volante de su automóvil ha importado, indudablemente, una gravísima imprudencia, pero, en cambio, no ha podido acreditarse, con el grado de certeza requerido a estas alturas, que aquel haya incluido en su voluntad realizadora la posibilidad de arrollar a los agentes de tránsito que se hallaban en la calzada, extremo que tampoco se deduce ­sin más­ de la conducta que exteriorizó”, explicó en su voto el juez Divito, al que adhirieron sus colegas.

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Eugenio Veppo, en 2019 atropelló y mató a una agente de tránsito e hirió a otro en el barrio porteño de Palermo. (Foto: archivo)

Eugenio Veppo, en 2019 atropelló y mató a una agente de tránsito e hirió a otro en el barrio porteño de Palermo. (Foto: archivo)

Según la Sala I, antes de impactar a los agentes “Veppo intentó evitar la colisión con sendos taxímetros ­cosa que efectivamente logró­, para la cual concretó dos frenadas: una antes de sobrepasar el primer vehículo y, la otra, al momento de rebasar ­de forma zigzagueante­ el segundo”.

“Además, se advierte que, luego de ello, en los instantes previos al impacto con las víctimas, también se encendieron las luces de frenado ­conforme se puede observar en la filmación de la secuencia, exhibida durante el debate”, añadió la Cámara.

Por ello, para los camaristas, “el acusado confiaba en que lograría sortear eventuales colisiones vehiculares”, por lo que se “desdibuja la hipótesis ­asumida en el fallo­ de que aquél se resignó a provocar tanto la muerte como las graves lesiones que ocasionó a las víctimas”.

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