En su dictamen indicó a su vez que, basado en "las particularidades, gravedad y trascendencia social que reviste el caso, es menester hacer una serie de precisiones jurídicas a las partes que se encuentran interviniendo en el proceso".
"No se puede dejar vacío de contenido los derechos que el ordenamiento jurídico les reconoce a las víctimas en el momento en el que se efectúan tratativas para lograr una posible solución a su caso, siempre por supuesto teniendo en consideración que su opinión sea razonable y ajustada a derecho", señaló el fallo dictado hoy por el fiscal Sotelo.
1300001w850h486c.jpg.webp
El edificio de la fiscalía general de Corrientes. (Foto: archivo)
El fiscal General destacó los derechos del detenido
A su vez, enumeró que "la investigación se halla todavía en un estadio primigenio" y que existe "la necesidad de respetar tanto los derechos del imputado como los de la víctima y los querellantes a quienes el servicio de justicia debe otorgarles un tiempo prudencial para analizar evidencias, preparar su estrategia y su propia teoría del caso".
El 1 de junio último, la fiscal de instrucción María José Barrero Sahagún, sin correr vista a la querellante que representa a los hijos de la víctima, la abogada Andrea Tribbia, informó que había pedido al fiscal General la autorización para proceder al juicio abreviado en el que el sospechoso acuerda una pena para ser condenado en los términos del delito imputado, en este caso, homicidio simple, que tiene una escala de 8 a 25 años de cárcel.
En su dictamen, la fiscal sostuvo que la pena debía ser de 8 años de prisión, es decir, la mínima estipulada por ese delito en el Código Penal.
Para los familiares de la periodista Griselda Blanco se trató de un "femicidio agravado por alevosía", que prevé una pena de prisión perpetua.