Coghlan

Se conoció qué pasará con Cristian Graf, el excompañero del adolescente asesinado y enterrado en el fondo de una casa

La decisión judicial sostiene que la formación del proceso no afecta el buen nombre y honor del imputado, al entender que el delito de encubrimiento no puede ser perseguido debido a la prescripción del delito precedente, es decir, el homicidio.

Se conoció qué pasará con Cristian Graf, el excompañero del adolescente asesinado y enterrado en el fondo de una casa

En una resolución que despertó debate en el ámbito judicial, el juez nacional en lo criminal y correccional Alejandro Litvack resolvió sobreseer a Norberto Cristian Graf, de 58 años, quien estaba imputado por encubrimiento agravado y supresión de evidencia en el marco del caso por el hallazgo de los restos de Diego Fernández Lima, un joven desaparecido en 1984 y encontrado 41 años después en el fondo de la casa de Graf, en el barrio porteño de Coghlan.

La decisión judicial sostiene que la formación del proceso no afecta el buen nombre y honor del imputado, al entender que el delito de encubrimiento no puede ser perseguido debido a la prescripción del delito precedente, es decir, el homicidio. La resolución, firmada el pasado viernes, desató una ola de reacciones tanto en el ámbito judicial como entre los allegados a la víctima, que todavía intentan comprender cómo un caso tan grave puede quedar sin posibilidad de sanción penal.

El juez Litvack explicó que, aunque el hallazgo de los huesos confirma un asesinato ocurrido hace más de cuatro décadas, la acción penal prescribió hace muchos años, lo que invalida cualquier posibilidad de imputar encubrimiento. Según la resolución, “si el delito anterior no puede ser perseguido por causas objetivas —como la prescripción— tampoco podrá serlo el delito posterior”.

El fiscal Martín López Perrando, encargado de la investigación, adelantó que apelará la medida. “El Ministerio Público Fiscal va a agotar todas las instancias”, señalaron fuentes cercanas a la causa, dejando entrever que la Fiscalía considera que aún hay margen legal para revisar la decisión del juez.

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La historia comenzó a reescribirse en mayo de 2024, cuando un grupo de albañiles que trabajaba en una obra en la avenida Congreso 3748, en el barrio de Coghlan, encontró restos óseos mientras excavaban los cimientos. El hallazgo se produjo en el terreno contiguo a la casa de Norberto Graf, en el número 3742. Los trabajadores alertaron a la Policía de la Ciudad, y de inmediato intervino el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), conocido por su labor en la identificación de víctimas de la dictadura.

En un principio, nadie podía imaginar que esos huesos correspondían a Diego Fernández Lima, un joven desaparecido en julio de 1984. Había sido compañero de Graf en la escuela secundaria, aunque este último aseguró no recordarlo. “No me acuerdo de él ni de ninguno de mis compañeros. No era sociable. Si estuve con él, fue solo en segundo año”, dijo durante su declaración indagatoria.

El EAAF, tras una exhaustiva “intervención arqueológica”, confirmó que los restos correspondían a un hombre joven, con lesiones cortopunzantes y signos de desmembramiento. Según Mariela Fumagalli, directora del EAAF en Argentina, el cuerpo presentaba “una lesión cortopunzante a la altura de la cuarta costilla derecha y cortes en extremidades, compatibles con un intento de manipulación post mortem”.

Junto al cuerpo se hallaron una corbata azul, un reloj y restos de una prenda de jean marca UFO, elementos que resultaron cruciales. Fue justamente la madre de Diego, Bernabella Lima, de 87 años, quien reconoció los objetos y accedió a someterse a un análisis genético. El resultado fue contundente: los restos pertenecían a su hijo.

A partir de esa confirmación, el fiscal López Perrando centró su investigación en Norberto Graf, quien habitaba la casa donde fueron enterrados los restos. Para el fiscal, el acusado habría realizado maniobras destinadas a encubrir el crimen, mencionando explicaciones “inverosímiles” a los obreros y contradicciones frente a las autoridades.

Según la acusación, Graf habría intentado desviar la atención al afirmar que “en ese lugar antes había una iglesia y que los curas podrían haber enterrado a personas”, o bien que los huesos podían haber llegado en un camión de tierra al hacer la pileta. Para la fiscalía, esas declaraciones revelaban un conocimiento previo del entierro y una intención de confundir la investigación.

El fiscal también destacó que el delito de encubrimiento agravado, previsto en el artículo 277 del Código Penal, prevé penas de uno a seis años de prisión, y que la supresión de evidencia, tipificada en el artículo 255, tiene penas de hasta cuatro años. Sin embargo, la defensa de Graf, a cargo de los abogados Erica Nyczypor y Martín Díaz, sostuvo que su cliente no tuvo ningún vínculo con la víctima ni con los hechos, y que el hallazgo fue completamente fortuito.

Lo de los huesos no lo puedo explicar. Mi familia no conocía a este chico. Nadie entiende cómo llegaron ahí”, declaró Graf, visiblemente nervioso durante su indagatoria. También negó haber dicho lo del camión: “Es absurdo. Para hacer una pileta se saca tierra, no se trae”.

El juez Alejandro Litvack, en una resolución de 24 páginas, se apoyó en principios de prescripción penal y razonabilidad procesal. Recordó que el homicidio de Fernández Lima, ocurrido en 1984, ya había prescripto según el artículo 62 del Código Penal, que establece un límite de 12 años para ese tipo de delitos. Por lo tanto, explicó el magistrado, el encubrimiento tampoco puede juzgarse, ya que requiere que el delito principal esté en condiciones de ser perseguido.

La ley impone límites al poder punitivo del Estado. Después de cierto tiempo, se pierde el interés estatal en la persecución de un hecho delictivo”, señaló el juez. “Desde la fecha del homicidio han pasado más de 40 años, lo que excede ampliamente cualquier plazo legal de prescripción”.

Litvack agregó que, incluso si se considerara vigente la acción penal por el homicidio, Graf no habría tenido participación activa para obstaculizar la investigación, ya que cuando llegó a su casa, la policía ya había vallado el terreno y recolectaba los huesos. Por tanto, sostuvo que no podía haber encubrimiento, ya que la pesquisa ya estaba en curso.

No mintió ni confundió a las autoridades. Sus dichos fueron comentarios a terceros, que no podían afectar la investigación”, explicó el magistrado. “Aun en el hipotético caso de que la acción penal siguiera vigente, el accionar atribuido resulta manifiestamente atípico”.

Pese a la decisión judicial, el fiscal López Perrando insiste en que Graf no puede ser ajeno a la existencia del cuerpo enterrado en su propiedad, y anunció que apelará la medida. En su visión, los comentarios contradictorios del imputado y su falta de colaboración inmediata son indicios claros de que sabía más de lo que decía.

Por su parte, allegados a la familia Fernández Lima expresaron su frustración. “Diego estuvo enterrado más de 40 años a pocos metros de donde vivía su asesino o alguien que sabía lo que pasó. Y ahora nos dicen que nadie puede ser juzgado”, lamentó un familiar directo.

Desde el entorno del EAAF también se manifestaron con cautela. “La ciencia permitió reconstruir una historia que había sido silenciada. Pero hay límites que la justicia debe revisar, porque los plazos no pueden borrar la verdad”, sostuvo una fuente del equipo forense.

Con el sobreseimiento de Graf, la causa por el homicidio de Diego Fernández Lima queda, en los hechos, sin responsables identificados. El juez aclaró que, aunque se descubrieran hoy los autores del crimen, estos tampoco podrían ser juzgados debido a la prescripción del delito. En otras palabras, la muerte de Diego ya no puede ser perseguida penalmente, pese a que el crimen fue confirmado y documentado.

La resolución deja una sensación amarga: un cuerpo hallado después de 41 años, una familia que al fin supo la verdad, y una justicia que, por el paso del tiempo, no puede castigar a nadie. Como escribió el propio juez en su fallo, “el tiempo es también un actor del derecho: limita, condiciona y, a veces, absuelve”.

Mientras tanto, el Ministerio Público Fiscal prepara la apelación ante la Cámara. Sin embargo, según fuentes judiciales, las posibilidades de revertir el sobreseimiento son bajas, ya que los fundamentos del juez se apoyan en doctrina y jurisprudencia consolidada.

Aun así, la causa se mantiene abierta en lo simbólico. Los restos de Diego Fernández Lima fueron finalmente entregados a su madre, Bernabella, que pudo despedirse de su hijo después de cuatro décadas de silencio y ausencia.

El dolor no prescribe”, dijo una amiga de la familia. “Puede hacerlo la ley, pero no el amor de una madre ni la necesidad de justicia”.

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FUENTE: Gentileza La Nación
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