Legislatura porteña

Aprobaron el juicio por jurados en la Ciudad para delitos graves: ¿quiénes podrán integrar el tribunal?

El proyecto de ley fue aprobado por 55 votos de las bancadas de Vamos Juntos, la UCR y el Frente de Todos. Será obligatorio para delitos con penas de prisión de 20 o más años.
El proyecto de juicio por jurados tuvo 55 a favor y cuatro en contra. (Foto: archivo)

El proyecto de juicio por jurados tuvo 55 a favor y cuatro en contra. (Foto: archivo)

La Legislatura porteña aprobó este jueves la instauración del juicio por jurados en la ciudad de Buenos Aires, que será obligatorio para todos los delitos con penas de 20 o más años de prisión.

El juicio por jurados tuvo el respaldo de 55 votos y cuatro en contra, correspondientes a los bloques del Frente de Izquierda (FIT) y de Autodeterminación y Libertad (AyL).

Según la ley aprobada por la Legislatura porteña, para el resto de los delitos con penas inferiores a los 20 años de cárcel el acusado y su defensor podrán pedir ser juzgados por un tribunal de jurado.

La iniciativa había sido presentada por el legislador Leandro Halperín (UCR) y tuvo el consenso de las bancadas de Vamos Juntos, el radicalismo y el Frente de Todos.

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¿Cuáles son los requisitos para ser jurados en un juicio?

La nueva ley fija la obligatoriedad de juzgar con jurados, integrados por ciudadanos comunes, los delitos que tengan una "pena máxima en abstracto igual o superior a 20 años de pena privativa de libertad", como aquellos que atentan contra la vida o la integridad sexual.

La ley prevé que los jurados populares estarán compuestos por 12 miembros, entre los cuales deberá haber, como mínimo, cinco varones y cinco mujeres, mientras que no se especifica el género de los dos restantes.

Legislatura porteña

El padrón de jurados será elaborado por el Consejo de la Magistratura e incluirá a todas las personas que puedan ser elegidas, por sorteo, para integrar un tribunal, quienes a su vez deberán estar registradas en el padrón electoral de la Ciudad.

Los requisitos para integrar un jurado serán:

  • Ser argentino.
  • Tener entre 18 y 75 años.
  • Saber leer y escribir.
  • Gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos.
  • Tener domicilio no inferior a cuatro años en la Capital Federal.

¿Quiénes no podrán ser jurados?

No podrán integrar un jurado en un juicio:

  • El presidente y vicepresidente de la Nación
  • Los gobernadores provinciales y el jefe de Gobierno porteño
  • Los ministros nacionales, provinciales y de la Ciudad
  • Los integrantes de los poderes legislativos
  • Los jueces y funcionarios de los poderes judiciales
  • Quienes ocupen cargos directivos en un partido político reconocido.

¿Qué definiciones tendrán a su cargo los jurados?

El jurado podrá dar los veredictos de "culpable", "no culpable" y "no culpable por razones de inimputabilidad".

A todos deberá llegar por unanimidad y, en caso de no haber acuerdo, comenzará un nuevo juicio con otros miembros en el jurado.