La Legislatura porteña aprobó este jueves la instauración del juicio por jurados en la ciudad de Buenos Aires, que será obligatorio para todos los delitos con penas de 20 o más años de prisión.
La Legislatura porteña aprobó este jueves la instauración del juicio por jurados en la ciudad de Buenos Aires, que será obligatorio para todos los delitos con penas de 20 o más años de prisión.
El juicio por jurados tuvo el respaldo de 55 votos y cuatro en contra, correspondientes a los bloques del Frente de Izquierda (FIT) y de Autodeterminación y Libertad (AyL).
Según la ley aprobada por la Legislatura porteña, para el resto de los delitos con penas inferiores a los 20 años de cárcel el acusado y su defensor podrán pedir ser juzgados por un tribunal de jurado.
La iniciativa había sido presentada por el legislador Leandro Halperín (UCR) y tuvo el consenso de las bancadas de Vamos Juntos, el radicalismo y el Frente de Todos.
La nueva ley fija la obligatoriedad de juzgar con jurados, integrados por ciudadanos comunes, los delitos que tengan una "pena máxima en abstracto igual o superior a 20 años de pena privativa de libertad", como aquellos que atentan contra la vida o la integridad sexual.
La ley prevé que los jurados populares estarán compuestos por 12 miembros, entre los cuales deberá haber, como mínimo, cinco varones y cinco mujeres, mientras que no se especifica el género de los dos restantes.
El padrón de jurados será elaborado por el Consejo de la Magistratura e incluirá a todas las personas que puedan ser elegidas, por sorteo, para integrar un tribunal, quienes a su vez deberán estar registradas en el padrón electoral de la Ciudad.
Los requisitos para integrar un jurado serán:
No podrán integrar un jurado en un juicio:
El jurado podrá dar los veredictos de "culpable", "no culpable" y "no culpable por razones de inimputabilidad".
A todos deberá llegar por unanimidad y, en caso de no haber acuerdo, comenzará un nuevo juicio con otros miembros en el jurado.