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Covid-19

Carla Vizzotti y Vilma Ibarra defenderán en el Congreso el DNU que cambia la Ley de Vacunas

La ministra de Salud, junto a Vilma Ibarra y Cecilia Nicolini, explicará los puntos claves del decreto que posibilita la compra de dosis a nuevos laboratorios.
06 de julio de 2021 - 07:43
Carla Vizzotti y Vilma Ibarra defenderán en el Congreso el DNU que cambia la Ley de Vacunas

Vizzotti, Ibarra y Nicolini explicarán los cambios instrumentados en la ley de vacunas aprobada el año pasado por el Congreso. (Foto: Telam).

La ministra de Salud, Carla Vizzotti, la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, y la asesora presidencial Cecilia Nicolini expondrán este martes ante una comisión bicameral del Congreso sobre el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Alberto Fernández para actualizar la ley de vacunas contra el Covid-19.

Esa medida permitirá ampliar contratos con laboratorios y facilitará la adquisición de dosis pediátricas.

El presidente de la comisión, Marcos Cleri (Frente de Todos) fue quien convocó a una reunión para debatir el DNU 431, emitido el pasado viernes por el Gobierno nacional, con el fin de avanzar en la firma de un despacho que convalide la norma.

Vizzotti, Ibarra y Nicolini explicarán los cambios instrumentados en la ley de vacunas aprobada el año pasado por el Congreso, para poder avanzar en la compra a otros laboratorios extranjeros.

La reforma de la ley de vacunas había sido solicitada por Juntos por el Cambio para poder destrabar la adquisición de vacunas de la firma Pfizer, con lo cual se estima que ese bloque acompañará la firma del dictamen.

DNU: cuáles son los cambios de la Ley de Vacunas

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Uno de los cambios centrales del DNU es el que elimina la causal de "negligencia" como atributo de responsabilidad del proveedor y reemplaza los términos "maniobras fraudulentas y conductas maliciosas" por "conductas dolosas", concepto incluido en el artículo 1724 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Además, se faculta al Ministerio de Salud a "incluir en los contratos que celebre para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones, con excepción de aquellas originadas en conductas dolosas por parte de los sujetos aludidos".

Otro eje del proyecto es la creación del "Fondo de Reparación Covid-19" para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que alguna persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.

Además, establece que "la indemnización a cargo del Fondo por la muerte o incapacidad física total y permanente del damnificado será igual a 240 veces el haber mínimo jubilatorio".

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