Comenzó a regir este viernes el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica impulsado por el Gobierno de Javier Milei con el objetivo de "sentar las bases para la reconstrucción de la economía argentina".

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei apunta a la desregulación de la economía a partir de la modificación y derogación de leyes (Foto: archivo).
Comenzó a regir este viernes el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica impulsado por el Gobierno de Javier Milei con el objetivo de "sentar las bases para la reconstrucción de la economía argentina".
El DNU 70/2023 apunta a la desregulación de la economía a partir de la modificación y derogación de cientos de leyes como, por ejemplo, la Ley de Contrato de Trabajo, regulaciones de medicina prepaga, alquileres, turismo, sector aerocomercial, producción de medicamentos, comercio (como el fin de la Ley de Abastecimiento y Ley de Góndolas) y medios de comunicación, entre otros.
Pese a la treintena de amparos presentados por organizaciones sociales y sindicales (CGT y CTA), constitucionalistas y ciudadanos particulares, la iniciativa oficialista logró imponerse tras ser publicada en el Boletín Oficial el pasado 21 de diciembre.
Se derogó la ley anterior y desde ahora el inquilino y propietario deberán negociar por su propia cuenta el plazo y los valores, según la moneda que fijen. En caso de no acordar un tiempo mínimo legal para el contrato de locación, se fijarán dos años para fines de vivienda y tres para otros destinos.
El locatario podrá concluir anticipadamente el contrato en cualquier momento. No deberá esperar a que transcurran los primeros 6 meses, solo tendrá que pagar el 10% del monto total que reste abonar del contrato.
El inquilino también tiene la opción de rescindir en cualquier momento, al pagar el 10% del saldo pendiente desde la notificación hasta el cierre del acuerdo.
Indemnizaciones: el decreto establece que no se "no incluirá el Sueldo Anual Complementario (SAC), ni conceptos de pago semestral o anual".
El DNU establece un indemnización "alternativa" inspirada en el sistema de la construcción: "Las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable".
Registro de empleados: "se deroga la Ley N° 25.323, a los efectos de mejorar y simplificar los procesos de registración, darle seguridad jurídica a la relación laboral, aumentar el período de prueba (de tres a ocho meses), redefinir la procedencia de los descuentos salariales convencionales, autorizar a las convenciones colectivas a explorar mecanismos de indemnización alternativos a cargo del empleador, tal como se ha implementado en algunas actividades, revisar los criterios de ultractividad y evitar los bloqueos de actividades productivas”.
Medidas de fuerza: el DNU establece que “los representantes sindicales dentro de la empresa, delegados, comisiones internas u organismos similares, así como las autoridades de las distintas seccionales de las asociaciones sindicales, tendrán derecho a convocar a asambleas y congresos de delegados sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros”.
Servicios esenciales: el DNU sumó a las telecomunicaciones; la aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; los servicios aduaneros y migratorios; y la educación en todos sus niveles (salvo universitario). Previamente, únicamente se tenía en cuenta a los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control del tráfico aéreo.