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El Gobierno congeló por decreto las designaciones y contrataciones en el sector público.
¿A qué sectores del sector público afecta la medida?
Según lo dispuesto, la prohibición comprende a las designaciones a término en las plantas transitorias previstas por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006.
También, las contrataciones previstas en la Ley N° 25.164; las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual; las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos y las designaciones transitorias en cargos simples de la planta permanente.
Asimismo, se incluyen las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad previstas en estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.
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El Gobierno congeló por decreto las designaciones y contrataciones en el sector público.
La letra chica de la prohibición de contrataciones en el sector público
El decreto aclaró que la Jefatura de Gabinete podrá autorizar excepcionalmente el ingreso al sector público nacional para cubrir cargos vacantes, designaciones o contrataciones "por razones debidamente fundamentadas y acreditadas por la autoridad superior de la jurisdicción o entidad requirente".
No estarán alcanzadas las tramitaciones de designaciones y contrataciones de personal que se hubieren iniciado con anterioridad al 11 de julio de 2022 y aún no estuvieran concluidas, puntualizó el Gobierno.
Sin embargo, explicó que los límites "no deben ir en desmedro de la posibilidad de realizar designaciones y contrataciones de personal cuando se cumplan las condiciones de criticidad o necesidad estratégica para el funcionamiento de áreas esenciales".