Judiciales

Juicio político a la Corte: ¿están obligados los funcionarios judiciales a ir a declarar al Congreso?

En la primera rueda de testigos debatieron la validez de las escuchas telefónicas como prueba. El juez Ramos Padilla habló de "cadena de favores" en Comodoro Py ¿El fiscal Stornelli concurrirá al Congreso?
Rosario Bigozzi
por Rosario Bigozzi |
Juicio político a la Corte: ¿están obligados los funcionarios judiciales a ir a declarar al Congreso?

El juez federal porteño Sebastián Ramos respondió exclusivamente desde el terreno jurídico, mientras su par del juzgado federal 1 de La Plata, Alejo Ramos Padilla, distinguió entre las exigencias del Código Penal y un proceso político.

Sus declaraciones derivaron en que los diputados del Frente de Todos solicitaran que se cite como testigos a los fiscales Carlos Stornelli y María Laura Roteta.

A todo esto, algunas expresiones de Ramos Padilla pusieron en evidencia la interna que subyace en el Poder Judicial cuando se refieren al tratamiento que reciben algunos temas. Dijo que “lo que se ve en Comodoro Py es una cadena de favores” y pidió “poner un límite a la relación entre los servicios de inteligencia y la justicia".

Por su parte, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de Justicia Nacional (AMFJN) rechazó cualquier intromisión del Congreso en sus resoluciones: “Ni los fiscales deben explicar sus dictámenes a las señoras y señores Diputadas y Diputados de la Nación, ni los jueces sus decisiones”.

Además, advirtió que “la primacía constitucional es clara y no admite sumisión a reglamentos que rigen la actividad de otros poderes del Estado”.

Con este comunicado, los magistrados pusieron por debajo de la Constitución el reglamento de la Comisión de Juicio Político, y anticiparon las razones que los habilitaría a no presentarse, o entregar un informe por escrito, cuando los llamen a declarar contra los ministros de la Corte.

Contrapunto entre los testimonios de Ramos y Ramos Padilla

La única coincidencia evidente entre los jueces federales Sebastián Ramos y Alejo Ramos Padilla es el apellido. A la hora de declarar en la primera audiencia de producción de prueba, que se realizó en la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados, cada uno a su turno, mostró contrapuntos sobre la validez de las escuchas telefónicas en la acusación contra los integrantes del Máximo Tribunal.

Ambos magistrados fueron convocados al Congreso porque analizaron denuncias sobre los supuestos mensajes entre Silvio Robles, Director General de la vocalía de Horacio Rosatti, y el ministro de Seguridad porteño -en uso de licencia- Marcelo D’Alessandro.

Ramos -como juez subrogante del juzgado federal 5- cerró la causa por inexistencia de delito, en concordancia con la opinión del fiscal federal Carlos Stornelli. En tanto, Ramos Padilla declaró la incompetencia de La Plata, y remitió el expediente a Comodoro Py.

Con ese antecedente, el interrogatorio de los diputados del oficialismo se orientó a legitimar el uso como prueba de los mensajes filtrados.

El juez Ramos insistió en que las dudas de los diputados se responden en la resolución de la causa. Remarcó que estaba imposibilitado de aclarar sus conclusiones, para evitar modificar una palabra o un concepto, que terminase afectando el derecho de defensa en juicio de los imputados.

Ante la insistencia de las preguntas sobre porque considero ilegales y nulas las escuchas incluidas en la denuncia, reiteró varias veces que se basó en el dictamen del fiscal Carlos Stornelli, al que calificó de “legal, razonado y fundamentado".

Finalmente, explicó que “está absolutamente prohibido, por ley, establecer o cuestionar de alguna manera los postulados del Ministerio Público Fiscal, que detenta la titularidad de la acción penal”.

Mientras tanto, Ramos Padilla también basó la testimonial en el fallo sobre la denuncia del gobernador bonaerense Axel Kicillof, que incluía las filtraciones de mensajes de D’Alessandro.

En esa resolución, el juez federal de La Plata escribió que “no se trata de la investigación de un delito común que podría haber cometido un funcionario o incluso uno o varios miembros de la Corte Suprema”.

Puntualizó que “el objeto del delito que se denuncia se relaciona con el propio funcionamiento del Máximo Tribunal de la Nación y con dos decisiones adoptadas por ese tribunal que hacen a la esencia del sistema federal. Una de ellas que atañe, nada más y nada menos, que a la distribución de los recursos fiscales entre las provincias, el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la coparticipación federal y la otra al modo en que se debe conformar el órgano previsto en la propia Constitución Nacional”.

Partiendo de su opinión sobre la gravedad de los hechos investigados, antes de declararse incompetente y enviar las actuaciones a Comodoro Py, Ramos Padilla rechazó el archivo del caso que dispuso el juez Ramos, porque entendió que hasta que no se resuelva el litigio en el Congreso, debe permanecer abierto el proceso penal.

Argumentó en relación al “art. 118 de la C.N., que establece la imposibilidad de avanzar en un juicio criminal en casos derivados del derecho de acusación de la Cámara de Diputados de la Nación y, por lo tanto, también la de disponer un archivo conforme a lo dispuesto en el art. 195 del C.P.P.N. hasta tanto no se culmine con el procedimiento constitucional previsto en el art. 53 de la C.N.; y todo ello más allá de las diferencias sustanciales que existen entre los diferentes procedimientos –el penal y el constitucional–”.

En el mismo sentido, dijo que “la aplicación del derecho y la justicia no responde al automatismo, no corresponde usar una parte de un fallo y citar, si no hay un análisis concreto y profundo de las situaciones. (...) no se podía proceder al archivo, porque no se veia de cajón una afectación a la Ley 25520, como si verifiqué en otra causa y en profundidad”.

Así, la declaración de Ramos Padilla se extendió sobre el funcionamiento de la justicia, al decir que “que en Comodoro Py existe una cadena de favores que resuelve una, y luego, otra causa, y hay que revisar si no hay motivos por los que corresponda apartarse”.

A su vez se refirió al presunto espionaje ilegal detectado durante el gobierno de Mauricio Macri. Señaló que le “ha tocado investigar como pocos en la Argentina lo que fue la vinculación de los servicios de inteligencia con el Poder Judicial, pero además, el funcionamiento ilegal de los servicios de inteligencia y el espionaje ilegal”, aludiendo al Caso “Bases AMBA”, que descubrió operativos de vigilancia sobre representantes de organizaciones sociales, partidos políticos, dirigentes gremiales, religiosos, entre otros.

Agregó que “si de una vez por todas no le ponemos un límite a la relación entre los servicios de inteligencia y el Poder Judicial, al manejo de escuchas, a estos abuso de autoridad, vamos a tener una república donde se van a perder los derechos individuales”.

Citación a Stornelli

Después de la declaración de los jueces federales que resolvieron las diversas denuncias por los supuestos chats entre D’Allesandro y el secretario de Rosatti, el oficialismo decidió convocar a declarar como testigos a los fiscales Carlos Stornelli y María Laura Roteta. La citación es para el próximo martes 7 de marzo, aunque no hay certezas de que Stornelli acuda al Congreso.

En las últimas horas, los jueces y fiscales molestos por el tratamiento que recibieron los funcionarios judiciales en Diputados, salieron a explicar que “los dictámenes presentados por los fiscales en el marco de un proceso judicial admiten la excluyente evaluación del juez que debe resolver en él. Toda expresión institucional por fuera de ello -aun si emana de jueces carentes de competencia en litigio- constituye un agravio a las previsiones de la Constitución Nacional y a la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal”.

Precisamente, la Ley del MPF exime a los fiscales de comparecer para declarar, y prevé que puedan hacerlo por escrito. Sin embargo, el reglamento de la Comisión de Juicio Político advierte que los funcionarios judiciales no pueden ampararse en esta inmunidad y deben comparecer al ser convocados. Vale recordar que la inmunidad no implica que el funcionario evite declarar, sino que lo reemplace con un escrito.

Lo cierto es que el pronunciamiento de los magistrados respalda un posible faltazo del fiscal Carlos Srtonelli o cualquier otro funcionario del Poder Judicial que resulte llamado a comparecer ante la Comisión de Juicio Político.