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PRESENTACIÓN JUDICIAL

La CGT fue a la Justicia para frenar el decreto sobre el derecho a huelga: ¿En qué se basa para fundamentar su rechazo?

La central sindical presentó un amparo para que se declare inconstitucional el decreto que amplía las actividades consideradas esenciales y obliga a garantizar servicios mínimos durante los paros.

26 de mayo de 2025 - 17:29
La CGT fue a la Justicia para frenar el decreto sobre el derecho a huelga: ¿En qué se basa para fundamentar su rechazo?
La CGT se presentó en la Justicia para solicitar un amparo sobre el DNU del Gobierno para establecer un piso de actividad en 'servicios esenciales'

El DNU 340/2025 fue publicado el miércoles 21 de mayo y establece una redefinición de las actividades consideradas esenciales. A partir de ahora, se incluyen entre ellas al transporte de personas y cargas, la educación, la salud y las telecomunicaciones. Estas áreas deberán garantizar, aun en contexto de paro, la continuidad del 75% de sus servicios, una exigencia que para la CGT limita el ejercicio efectivo de medidas gremiales.

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El decreto también introduce una nueva categoría: las "actividades de importancia trascendental", a las que se les impone un umbral mínimo de prestación del 50% en caso de huelga. Esta clasificación abarca desde industrias clave como la alimenticia, metalúrgica y la construcción, hasta bancos, comercios, locales gastronómicos y sectores vinculados a las exportaciones.

Días antes de la presentación judicial, Héctor Daer, uno de los secretarios generales de la CGT, se había reunido con el jefe de Gabinete Guillermo Francos en Casa Rosada, formalmente para tratar temas vinculados al Hospital Naval. Sin embargo, ya había anticipado que la central planeaba llevar el tema a los tribunales al comienzo de la semana.

Entre los argumentos expuestos en el amparo, la CGT señaló que el decreto presidencial reglamenta de manera restrictiva el derecho de huelga, ampliando arbitrariamente la lista de actividades consideradas ‘servicios esenciales’ e imponiendo niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, en los hechos, "imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza”.

Asimismo, el documento remarca que la medida viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga”.

La CGT también cuestionó el uso del instrumento del DNU para avanzar con esta reforma: “Fue dictado sin que se verifiquen los requisitos de necesidad y urgencia que exige el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional, en un contexto de funcionamiento normal del Congreso Nacional. La reforma del régimen legal de la huelga no puede realizarse por decreto”, sostuvo la organización.

Por otra parte, el texto subraya que el derecho a la huelga cumple un rol fundamental en el equilibrio de poder dentro de la negociación colectiva: “Su limitación debilita la capacidad de acción sindical y consolida relaciones laborales desiguales”.

Finalmente, la CGT pidió que se dicte una medida cautelar de no innovar para suspender de inmediato la aplicación de los artículos 2° y 3° del decreto. La central argumentó que la suspensión es clave para “evitar perjuicios irreparables al movimiento obrero y preservar el pleno ejercicio de los derechos sindicales mientras se resuelve el fondo del planteo”.

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