Los argumentos del Gobierno para frenar la multa a Santilli
Tras conocerse la resolución de primera instancia, el Ministerio de Capital Humano presentó un recurso ante la Cámara y sostuvo que la medida cautelar ya había sido cumplida en su totalidad.
El tribunal aceptó la presentación y ordenó al juzgado de origen adoptar las medidas necesarias para conceder la apelación con efecto suspensivo.
La decisión no implica que se haya dejado sin efecto la cautelar original, sino que interrumpe provisoriamente la aplicación de las multas hasta que se resuelva la discusión judicial.
La resolución llegó pocas horas después de que Cormick dispusiera la sanción contra Santilli y advirtiera que podría modificar tanto el monto de la multa como los funcionarios alcanzados si continuaba el incumplimiento.
El conflicto judicial se desarrolló en paralelo a la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada para reclamar la aplicación efectiva de la legislación que establece mayores recursos para el sistema público de educación superior.
Qué establece la cautelar por el financiamiento universitario
La medida judicial obliga al Estado a recomponer las remuneraciones de docentes y trabajadores no docentes de las universidades nacionales, tomando como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor entre enero de 2023 y julio de 2025.
Según los parámetros establecidos, la actualización representaría un incremento del 40,25% sobre los salarios básicos correspondientes a julio de 2025.
La normativa también contempla de acuerdo con la inflación y una recomposición de las becas estudiantiles.
Sin embargo, el Gobierno aseguró que los aumentos salariales concedidos desde diciembre de 2023 acumularon una mejora del 226,80%, superior al 226,40% que, según su interpretación, correspondía para el período comprendido entre diciembre de 2023 y agosto de 2025.
Dentro de ese cálculo, el Ejecutivo incluyó un incremento del 21,33% otorgado en junio de 2026.
La disputa judicial por el cumplimiento de la ley universitaria
El expediente también incluye un cuestionamiento al decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno condicionó la implementación de la ley de Financiamiento Universitario.
Cormick había declarado inconstitucional una cláusula de esa disposición y concedido la apelación presentada por el Estado, aunque inicialmente rechazó que tuviera efecto suspensivo.
Por su parte, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) reclamó que se aplicaran sanciones económicas al considerar que el Ejecutivo continuaba sin cumplir la medida cautelar, que había sido confirmada por la Corte Suprema el 25 de junio de 2026.
La organización sostuvo que los plazos concedidos por la Justicia habían vencido sin que se concretaran los pagos correspondientes.
En su defensa, el Estado argumentó que la orden judicial le imponía una obligación económica cuyo monto no estaba determinado con precisión y que esa situación podía afectar el funcionamiento de la administración pública.
También recordó que el 21 de septiembre había presentado un informe sobre las acciones adoptadas para cumplir con la resolución.