Según la iniciativa, las bebidas y alimentos procesados deberán llevar octógonos negros de al menos un 5% del tamaño de la cara principal del envase, cuando su composición supere un umbral mínimo en cada uno de estos componentes. Es decir, puede llevar uno o más sellos negros. Con esto se busca que el consumidor reconozca una advertencia sobre las características del producto.
Si bien en la actualidad, el código alimentario regula el rotulado de alimentos, y exige que se incluya la información nutricional, el valor energético y los ingredientes de cada producto, con esta nueva ley se busca incorporar el octógono como advertencia adicional sobre el frente del paquete. Quedan exceptuados de este esquema el azúcar común, los aceites vegetales, los frutos secos y la sal común de mesa.