Siguiendo esa línea, también se propone derogar el artículo 2 del DNU 2753/91 que determina la composición del tributo que se aplica actualmente: "Dicho tributo está integrado por la alícuota del impuesto al valor agregado vigente al momento de la declaración aduanera y por el derecho de importación, el cual será calculado de manera residual".
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Los productos que vengan de afuera no pagarán impuestos. (Foto: archivo)
Un viajero que ingrese productos no deberá completar formulario alguno
Al eliminarse el gravamen, no tendría ningún tipo de aplicación el artículo 2, por lo cual el proyecto propone directamente su derogación.
Por último, propone la sustitución del artículo 6 del DNU 2753/91 para que en el caso de que un viajero ingrese productos previstos en el régimen de equipaje no deba completar formulario alguno.
Sin embargo, en caso de que sea aprobada la ley "ómnibus", el texto quedará redactado de la siguiente manera: "Para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario. En caso de que la cantidad de la mercadería a importar haga presumir fines comerciales, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS seguirá los procedimientos contemplados en la normativa vigente.”