A través de una resolución publicada hoy en el Boletín oficial, la AFIP informó que "desde el 29 de julio de 2020 hasta el 4 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, estará disponible la página web para la inscripción de los beneficiarios del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de julio de 2020.
También podrán inscribirse las empresas que quieran solicitar el beneficio de crédito a tasa subsidiada para empresas que no cumplan las nuevas condiciones para recibir el ATP por haber facturado más que cero y retomado la actividad económica entre mayo y junio pese a la cuarentena.
Cabe recordar que a partir del nuevo ATP el gobierno solo pagará los sueldos complementarios a empleados de empresas y comercios que hayan tenido "facturación negativa" es decir, bajo de cero, entre mayo y junio comparado con el año anterior.