Para el abogado de Republicanos Unidos, Jose Mangiocalda, el ministro de Seguridad “incurriendo en tales voces de alarma, infunde un temor a la sociedad sobre la posibilidad de alteraciones del orden público pasibles de derivar en graves violaciones de libertades y derechos”.
Además, sostuvo que en este caso, “la existencia de dolo resulta indiscutible, de los dichos del Ministro denunciado, dado que los mismos están encaminados a desalentar el voto de la ciudadanía hacia la oposición, mediante sus alarmantes declaraciones”.
Por su parte, Gastón Marano, argumentó que “es cierto que la libertad de expresión cuenta con protección constitucional y convencional, pero no es menos cierto que eso no habilita a la impunidad ante determinados dichos sancionados por las normas”.
El defensor del jefe de los Copitos, calificó a las frases del ministro Fernández como “inflamatorias, con virtualidad para poner en jaque nuestro sistema electoral y su normal funcionamiento”.
En tanto, el abogado penalista Fernando Zarabozo sumó las imputaciones por instigación a la violencia y apología del delito.
En su formulación aclaró que se basó en el artículo 209 del Código Penal que dice que “el que públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o institución, será reprimido, por la sola instigación, con prisión de dos a seis años”. Asimismo, señaló que según el art. 213 i del CP “Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito”.
Enfatizó que “las desafortunadas y amenazantes declaraciones del Sr. Aníbal Domingo Fernández tienen una gravedad particular, ya que por su rol de máximo responsable de la cartera de seguridad, obliga a tomarlas con mayor seriedad y preocupaciones que si las reprodujera un ciudadano cualquiera”.
Al momento del petitorio, solicitó que “oportunamente se cite al denunciado a prestar declaración indagatoria, previo realizar un test psicológico/psiquiátrico del Sr. Aníbal Fernández para conocer si es imputable”.
¿Qué dijo la justicia sobre este escándalo?
Las tres denuncias ingresaron al sistema de asignación de juzgados el último viernes: la de Republicanos Unidos recayó en el juzgado federal 2 a cargo de Sebastián Ramos, la segunda en el 10, de Julian Ercolini, y la tercera en el juzgado 9, hasta hace un mes del juez retirado Luis Rodríguez, y que está subrogando María Eugenia Capuchetti, la jueza encargada de investigar el atentado contra Cristina Kirchner.
Precisamente Capuchetti una vez que recibió la denuncia, la delegó al fiscal Guillermo Marijuan, quien resolvió no impulsar por inexistencia de delito.
Marijuan revisó la denuncia de Gastón Marano, a raíz de que Aníbal Fernández expresó sobre la oposición que “todo lo que proponen saldría únicamente con represión, las calles regadas de sangre y muertos”.
En su dictamen opinó que “ninguna organización judicial de cualquier competencia (material y/o territorial) puede verse involucrada diariamente con denuncias de este tenor en donde se atribuye la posibilidad de una intimidación masiva, cuando en realidad son expresiones que no tienen ninguna trascendencia de índole penal más allá de la disputa política”.
En cuanto al planteo en sí, indicó que estos dichos “no logran encuadrarse en ninguna de las calificaciones escogidas por el denunciante ni en figura penal alguna”.
Marijuan explicó que el delito de infundir un temor público requiere una intención dirigida a la perturbación del orden, pero que en “la desafortunada exposición del Dr. Aníbal Fernández no se advierte que se haya producido ninguna conducta provocada por tal expresión. A modo de ejemplo, no ha existido una desafiliación masiva por temor, en los distintos partidos opositores”.
De este modo, Marijuan desestimó la denuncia, por lo que sólo resta que la jueza Capuchetti archive este pedido y cierre el caso. En cuanto a las otras dos denuncias, los magistrados deberán resolver si las acumulan, o les dan curso impulsando medidas de prueba.