Entre los puntos más destacados de esta idea, el eje central es contar con “las reservas minerales que contengan litio como recurso natural estratégico para el desarrollo socio económico e industrial de la República Argentina" y declara "de interés público nacional la exploración, explotación, concesión de explotación, industrialización y todos los actos relativos al litio y sus derivados".
Cómo será la participación del Estado con los privados
Además, dispone que todas las "concesiones ya otorgadas sobre el mineral litio, constituidas a favor de empresas privadas con anterioridad a la fecha de vigencia de esta Ley, están plenamente alcanzadas por la presente y deberán acogerse a sus disposiciones y normas que la reglamenten en el plazo de un año a partir de su promulgación".
También, fija que el Estado Nacional "tendrá la primera opción para adquirir el litio extraído en nuestro país". Para no ejercer su derecho de preferencia deberá mediar declinación expresa del Estado Nacional notificado al Estado titular del dominio del recurso en forma fehaciente".
Otro punto clave del proyecto es que el Gobierno "podrá limitar o prohibir" la importación o la exportación del litio y sus derivados cuando en casos de urgencia así lo aconsejen razones de interés público, debiendo dar cuenta de ello oportunamente al Congreso de la Nación.