La Prestación por Desempleo es una ayuda económica para aquellos trabajadores en relación de dependencia que atraviesan un despido sin causa, la finalización de su contrato o circunstancias externas ajenas a su voluntad.
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Beneficios por desempleo. (Foto: archivo)
Quiénes puede percibir esta prestación
- Conclusión del contrato laboral.
- Bancarrota del empleador.
- Fallecimiento, jubilación o incapacidad del empleador.
Documentación requerida para la Prestación por Desempleo
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
La documentación para los distintos casos son:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Para hacer el trámite se debe reunir toda la documentación y luego ingresar en Atención Virtual, para lo que se necesitará el CUIL y la Clave de Seguridad Social.
Dependiendo de los ingresos y meses trabajados (con aportes) del solicitante se va a calcular el monto y la cantidad de cuotas, que puede ser entre 2 y 12. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.