Los jubilados y pensionados que cobren sus haberes a través de la ANSES, tienen derecho a una obra social, al igual que sus familiares a cargo. ¿Cómo obtengo mi constancia de obra social?
Los jubilados y pensionados que cobren sus haberes a través de la ANSES, tienen derecho a una obra social, al igual que sus familiares a cargo. ¿Cómo obtengo mi constancia de obra social?
En el caso de jubilados y pensionados, la obra social se asigna cuando se otorga la jubilación o pensión.
Es posible consultarla obra social asignada mediante la Constancia de Empadronamiento (CODEM), donde constan además los datos personales y del grupo familiar.
Esta constancia se obtiene con el número de CUIL desde la página de la ANSES.
Cuando se inicia el trámite de jubilación o pensión, se debe presentar el Formulario PS.5.7 Derivación de Aportes de Obra Social firmado por el empleador.
De esta forma la ANSES, de acuerdo a la obra social consignada en el formulario, otorga un código de obra social en el beneficio previsional del titular, conforme a:
Es posible que el jubilado o pensionado titular de la obra social, pueda extender el beneficio a algún familiar siempre que se incluya en alguna de estas categorías:
En caso de nacimiento, matrimonio, convivencia, divorcio, fallecimiento o nuevos familiares a cargo, por ejemplo, es posible realizar el trámite para incorporar o modificar los datos del grupo familiar.
El nuevo integrante deberá ser declarado a través del Formulario PS.5.5 Novedades Opción de Traspaso a través de Atención Virtual. De esta forma, podrá beneficiarse con la misma obra social que el titular o, en caso de fallecimiento, el dar de baja el beneficio.
Para sumar a un familiar a la obra social que le haya sido asignada al jubilado o pensionado, el trámite puede hacerse de manera presencial en cualquiera de las oficinas de la ANSES o bien en forma virtual siguiendo estos pasos: