Jubilados: Quiénes no deberán presentar la Fe de Vida
El objetivo de esta medida es el de simplificar el cobro de los haberes de los titulares de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), quiénes ya no tendrán que acercarse a ninguna sucursal de su banco o realizar la gestión online para recibir su dinero correspondiente.
De esta forma, se ven beneficiados todos los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas y aplica tanto al trámite de fe de vida como a cualquier otra gestión "con igual fin".
Hasta el momento, de los aproximadamente 7,3 millones de pasivos del sistema previsional, más de 3,2 millones no deben presentar su fe de vida a partir de acuerdos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público. Sin embargo, con la aprobación de la Ley se elimina la obligatoriedad para todos.
Cabe aclarar que esta nueva medida comenzará a regir cuando salga la oficialización en el Boletín Oficial, por lo que el trámite se mantendrá vigente hasta dentro de unas semanas. Sin embargo, a partir de agosto ningún titular de ANSES deberá hacer el trámite de Fe de Vida.