Procrear II: Cambian la fecha del sorteo ¿Cuándo se realiza?

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat había anunciado un nuevo sorteo de Procrear II para el miércoles 1 de marzo, pero reprogramó la fecha ¿Cuándo se realiza?
Paola Papaleo
por Paola Papaleo |
Procrear II: Cambian la fecha del sorteo ¿Cuándo se realiza?

El próximo miércoles 1 de febrero estaba previsto un nuevo sorteo de 635 viviendas del programa Procrear II para quienes se inscribieron hasta el 9 de enero, sin embargo el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat anunció que hubo una reprogramación ¿Cuál es la fecha para el sorteo?

Procrear II: Cuál es la nueva fecha del sorteo

El sorteo de las 635 viviendas de Procrear II no se realizará el miércoles 1 de febrero como había sido informado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Por motivos que no se dieron a conocer, esta fecha fue reprogramada para el día siguiente, es decir que se realizará el jueves 2 de febrero.

El horario es el mismo que estaba previsto, a las 15.15 horas se podrán conocer los resultados en una transmisión en vivo por la TV Pública, luego serán también informados a través de la página web del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Procrear II: Quiénes participan del próximo sorteo

Cabe destacar que la inscripción para participar del nuevo sorteo de Procrear II que se realizará el 2 de febrero, cerró el pasado 9 de enero. Por lo que todos aquellos que se anotaron hasta esa fecha y hayan cumplido con los requisitos, están habilitados para ser parte del proceso de selección electrónica que será supervisado por una Escribana Pública, para garantizar mayor transparencia.

Los ganadores podrán acceder a la compra de una de las viviendas nuevas, a través de un crédito hipotecario que se actualiza mediante la Fórmula Casa Propia, la cual contempla la evolución salarial para otorgar previsibilidad a las familias beneficiarias. Tendrán un plazo para pagar la deuda de hasta 30 años.

Procrear II: Dónde se ubican las viviendas

En este nuevo sorteo, del 2 de febrero, se asignarán 635 viviendas pertenecientes a 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear II ubicados en 17 provincias argentinas.

Las unidades funcionales se encuentran en los predios de Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás (Buenos Aires); Estación Buenos Aires y Estación Sáenz (Ciudad Autónoma de Buenos Aires); Puerto Madryn (Chubut); Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco (Córdoba); Corrientes (Corrientes); Paraná (Entre Ríos); Jujuy (Jujuy); Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael (Mendoza); Posadas (Misiones); Zapala (Neuquén); Viedma (Río Negro); Tartagal (Salta); San Luis (San Luis); Río Gallegos (Santa Cruz); Estación Cambios, Rafaela, y Súnchales (Santa Fe); Santiago del Estero y La Banda (Santiago del Estero) y Río Grande (Tierra del Fuego).

Los emprendimientos que forman parte de los Desarrollos Urbanísticos Procrear II “atienden a las demandas habitacionales de cada territorio, contemplando no solo el acceso a la vivienda, sino la conectividad y la cercanía a centros educativos, recreativos y de salud, así como una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes”, según informan desde el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Procrear II: Cuáles son los requisitos para inscribirme

Para participar del sorteo por una vivienda Procerar II, es necesario cumplir con estos requisitos:

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados:

1. Matrimonio.

2. Unión convivencial.

3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

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