De esta forma el Enacom destinará 140.000 dispositivos, los cuáles demandará la firma de un contrato de adhesión por parte de los beneficiarios al momento de recibir las tablets.
Tablets: requisitos de los monotributistas para acceder al beneficio
Podrán acceder a las tablets del Enacom los trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría que tengan un ingreso anual mensualizado que no supere 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
De esta forma, con la suba del 4% de octubre, el techo máximo de ingreso anual será de $ 64.000.
Tablets del ENACOM: quién más puede acceder
• Beneficiarios y beneficiarias de la AUH y la AUE, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar: padre, madre, cónyuge o conviviente.
• Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
• Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, y también sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
• Usuarios y usuarias que reciban seguro de desempleo y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
• Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
• Usuarios y usuarias que reciban una beca Progresar.
• Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
• Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
• Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme la Ley 27.098.
• Asociaciones de Bomberos Voluntarios que sean entes de primer grado y que estén registrados conforme la Ley 25.054.
• Entidades de Bien Público como asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro en forma directa o indirecta y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que realizan programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
• Beneficiarios y Beneficiarias del Programa CONECTAR IGUALDAD aprobado por el Decreto 459/2010 y sus modificatorios.
• Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) creado por el Decreto 358/2017.
Requisitos en Mi ANSES
Por cualquier beneficio de la ANSES o del ministerio de Desarrollo Social es necesario que los interesados mantengan actualizados los datos en Mi ANSES referidos a la carga de hijos, su estado civil, situación patrimonial, domicilio y correo electrónico.