La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) reiteró esta semana cuál es el listado de requisitos de cumplimiento obligatorio vigentes para tramitar la designación de un apoderado para jubilados y pensionados.
El organismo previsional publicó las condiciones y beneficios disponibles para los jubilados en el sexto mes del año. Todos los detalles.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) reiteró esta semana cuál es el listado de requisitos de cumplimiento obligatorio vigentes para tramitar la designación de un apoderado para jubilados y pensionados.
"Podés nombrar a un familiar u otros representantes (banco, abogado, gestor, etc.) como apoderado para hacer trámites o cobrar una jubilación o pensión a tu nombre", repasó ANSES en redes sociales.
Quienes deseen avanzar con el trámite deben tener sus datos y los de su grupo familiar registrados y actualizados en mi ANSES, y luego solicitar un turno para concurrir con DNI a la oficina más cercana a su domicilio.
Ahora bien, pensando en quiénes pueden oficiar como apoderados de jubilados y pensionados, desde ANSES recordaron que pueden ser:
Asimismo, puede nombrarse un representante especial por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
Las o los solicitantes de alta de apoderado que hayan reunido la documentación solicitada deberán sacar un turno previo de atención ante una oficina de ANSES. Más información, en este link.