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Agroalimentos: simplifican el acceso de pequeños productores a la asistencia oficial

Apunta a mejorar el acceso a los beneficios estatales para ese sector. Cuáles son los requisitos para que se considere pyme agroalimentaria.
15 de febrero de 2023 - 09:03
Agroalimentos: simplifican el acceso de pequeños productores a la asistencia oficial

La decisión se formalizó a través de la resolución 28/2023 de la Secretaría de Agricultura, publicada en el Boletín Oficial. (Foto: archivo)

El Gobierno creó un Registro Nacional de micro, pequeñas y medianas empresas agroalimentarias, para facilitar el acceso a los programas y acciones del Estado Nacional para los productores.

La decisión se formalizó a través de la resolución 28/2023 de la Secretaría de Agricultura, publicada en el Boletín Oficial.

Mecanismo operativo

Se trata del "Registro Nacional MiPYMES Agroalimentarias", que apunta a mejorar el acceso a los beneficios estatales para ese sector.

Se entenderá por persona productora agroalimentaria aquel sujeto económico dedicado a cualquier actividad de producción primaria de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, de la cual obtenga como resultado un producto de origen animal, vegetal y/o fúngico.

También será considerada persona productora agroalimentaria aquel sujeto económico que forma parte de las cadenas de valor de productos primarios y que realice un proceso de transformación y/o agregado de valor a la materia prima que recibe, y aquellos que fabriquen productos de origen biológico o biotecnológico que sirvan de insumos para la producción primaria.

Para ser considerada Micro, Pequeña y/o Mediana Empresa Agroalimentaria y solicitar su incorporación al Registro, la persona interesada deberá acreditar los siguientes requisitos:

  • Encontrarse inscripta en el Registro de Empresas MiPyMES, en el ámbito de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía.
  • Encontrarse inscripta en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), en el Registro Nacional de Productores Apícolas (RENAPA), en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) o en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) o constancia vigente del registro o habilitación que corresponda a la actividad agroindustrial o por el tipo de producto.
  • Además, deberá presentar la constancia de inscripción de la AFIP.

A tener en cuenta

Agricultura mencionó que la inscripción en el Registro no tiene vencimiento "mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y vigencia por parte del solicitante y mientras cumplan con todas y cada una de las obligaciones impuestas por la normativa vigente".

La Secretaría puso en marcha esta herramienta porque "en virtud de la crucial importancia del sector, resulta necesario individualizar a sus actores a fin de elaborar políticas públicas de fomento de sus actividades".

"La correcta identificación de los grupos de empresas contribuye a que los programas públicos alcancen sus metas y, en consecuencia, se favorezca el desarrollo de las empresas, especialmente del tramo Micro, Pequeña y Mediana Empresa", puntualizó.

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