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Familia

¿Se puede desheredar a un hijo en Argentina?

El derecho a heredar está regulado por el Código Civil y Comercial, que contempla figuras como la porción legítima, la indignidad y la ingratitud. ¿Qué implica todo esto para los hijos?

por Redacción A24 | 24 de julio de 2025 - 09:32
¿Se puede desheredar a un hijo en Argentina?

En Argentina, los hijos tienen derecho a una parte de la herencia que la ley protege, pero existen excepciones legales para excluirlos en casos graves.

En Argentina no se puede excluir libremente a un hijo de la herencia. La ley protege los derechos de los llamados “herederos forzosos”, y hay sólo dos caminos posibles para apartar a alguien: la indignidad y la ingratitud. ¿Qué significan y quién puede pedirlo?

Cuando una persona fallece, sus hijos tienen derecho a una parte obligatoria de la herencia, llamada “porción legítima”, y el patrimonio se divide según las reglas del Código Civil y Comercial, incluso si el causante dejó testamento.

herencia

Si no lo hace, la sucesión es legítima y se aplica el siguiente orden:

  • Si hay hijos, heredan en partes iguales.

  • El cónyuge supérstite hereda una porción igual a la de los hijos.

  • Si no hay hijos ni cónyuge, heredan los padres.

  • En ausencia de ellos, la herencia pasa a hermanos, sobrinos u otros parientes según el orden legal.

Aunque el causante haya redactado un testamento, solo puede disponer libremente del 33% de sus bienes. El 66% restante está reservado a los herederos forzosos, como los hijos.

Como la porción legítima es irrenunciable y está establecida por ley, aunque una persona quiera dejar fuera a uno de sus hijos, no puede hacerlo simplemente por voluntad propia, ni siquiera en un testamento.

Sin embargo, hay dos mecanismos legales que permiten excluir a un heredero forzoso si incurrió en conductas graves: la indignidad y la ingratitud.

Indignidad para heredar: cuando los actos del hijo lo excluyen de la sucesión

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La indignidad para suceder impide heredar a quien haya tenido un comportamiento gravemente ofensivo contra el fallecido. Se trata de una sanción legal cuya aplicación depende de una decisión judicial. Es importante aclarar que ni el padre ni la madre pueden excluir por sí solos a un hijo por esta causa: la acción debe ser iniciada por otro heredero o legatario con interés legítimo, y es la Justicia quien debe evaluar y aprobar el reclamo.

Causas previstas por la ley:

  • Intentar matar al causante.

  • Maltratarlo físicamente o injuriarlo de forma grave.

  • Acusarlo falsamente de un delito grave.

  • Impedirle hacer o modificar su testamento.

  • Negarle alimentos sin causa justificada.

Ingratitud:¿en qué casos se permite revocar una donación?

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Por su parte, la ingratitud no aplica a la herencia en general, sino a donaciones realizadas en vida por el causante. Si el donatario (por ejemplo, un hijo) incurrió en actos graves de desprecio o violencia hacia el donante, los bienes donados pueden ser reclamados judicialmente.

Ejemplos de causas de ingratitud:

  • Cometer delitos contra el donante.

  • Maltrato físico o verbal grave.

  • Negarle asistencia cuando lo necesitaba.

Este recurso también requiere prueba y trámite judicial, y puede iniciarlo el propio donante (si aún vive) o sus herederos.

¿Quién puede pedir que se excluya a un heredero?

En ninguno de los casos, ni por indignidad ni por ingratitud, el titular del patrimonio puede excluir directamente a un hijo. La ley exige que la exclusión sea solicitada ante un juez y con fundamentos válidos.

La acción puede ser iniciada por otro heredero con interés legítimo, como por ejemplo un hermano del hijo que se busca excluir, otro hijo del fallecido o incluso los nietos, si corresponde. También pueden hacerlo otros parientes que participen de la sucesión.

El pedido debe presentarse dentro del juicio sucesorio, acompañado de pruebas claras y contundentes. Finalmente, será el juez quien evalúe si existen las condiciones legales para apartar a ese heredero.

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