Beneficios de la tarifa social
El servicio está destinado a los hogares aún no se encuentran conectados al servicio de agua y/o cloaca. El pago que se realiza es del 50% correspondiente a la conexión y con la facilidad de abonarlo en 24 cuotas mensuales. El uso del servicio es solo para aquellos hogares que no pueden afrontar el pago de sus facturas, con un descuento variable y significativo según los gastos en servicio optativos.
Otro de los beneficios es la regularización de deudas, donde posibilita a los hogares que tengan deuda, a cancelarla de forma acorde a sus posibilidades económicas. El acceso a planes de pago es con condiciones especiales y hasta 12 cuotas mensuales.
Los requisitos que exigen es que los usuarios residenciales unipersonales, tengan un ingreso neto (que equivale a un ingreso menos gastos de salud y vivienda) inferior a 2 jubilaciones mínimas. A este requisito se le puede agregar un ingreso adicional equivalente a una jubilación mínima por cada integrante del hogar.
¿Cómo solicitar una tarifa social?
La información que se solicita es de vital importancia para que se pueda hacer el análisis de cada caso, en función de una correcta asignación del beneficio. El mismo, sólo es otorgado a la cuenta de servicios del domicilio de residencia de quien lo solicite y no se podrán incorporar nuevas cuentas de inmuebles que se encuentren desocupados ni que sean cocheras, bauleras o terrenos baldíos.
En cualquiera de los casos se deberá completar un formulario con la información referida a la cuenta de Servicios de “AySA”, el número de integrantes del hogar (con sus respectivos documentos e ingresos) y los gastos del hogar en salud, servicios y vivienda.
¿Dónde se solicita la tarifa social?
Se puede hacer de forma online, desde el sitio web del “ERAS” o personalmente en las oficinas de atención de “AySA”, presentándose con la solicitud de ingreso hogares completa, que se descarga en la misma web.
La modalidad Caso Social
Esta modalidad está destinada a aquellos hogares que se encuentren en situación social crítica y que no puedan afrontar el pago de la tarifa social, con sus ingresos limitados a lo que son gastos de alimentación, menores o adultos mayores a cargo, con discapacidad, enfermedades crónicas y hogares monoparentales.
La solicitud se debe realizar personalmente en la sede del ente regulador de agua y saneamiento “ERAS”. Junto a la presentación de la documentación requerida, es condición indispensable que los usuarios solicitantes realicen un informe socio ambiental, visado y aprobado por un profesional matriculado en Trabajo Social.
La modalidad Tarifa Comunitaria
Esta modalidad es exclusiva para las Instituciones, y las que pueden acceder a ellas son las entidades de Bien Público que acrediten ser asociaciones civiles, las simples asociaciones que no persigan fines de lucro en forma directa o indirecta, las Organizaciones comunitarias sin fines de lucro, las Universidades, Escuelas públicas, Entidades deportivas barriales, Salas teatrales habilitadas, los Hospitales públicos, Comedores sociales y otros usuarios que encajen en el beneficio, según la evaluación que realice el “ERAS”.
Este beneficio está, como se dijo anteriormente, destinado a aquellas Instituciones que no se encuentran conectadas al servicio de agua y/o cloaca, donde puedan pagar solo el 50% del cargo de conexión en 24 cuotas mensuales. Así también, es para aquellas Instituciones que requieran de ayuda económica para afrontar el pago de sus facturas, para los usuarios sin medidor con un descuento del 25% sobre la tarifa general diaria del cargo variable y para los que tienen medidor, el descuento es del 30% sobre el valor del precio del metro cúbico.
La documentación requerida para obtener este beneficio, es presentar el frente y dorso de la última factura de “AySA”. Para los casos de aquellas Instituciones que desarrollen sus actividades en más de una cuenta de servicios, deberán presentar las facturas de cada una de ellas con una nota firmada por la autoridad o el representante detallando las actividades que tienen gratuitas y abiertas a la comunidad.
A toda esa documentación se le adhiere un comprobante de reconocimiento legal como entidad de Bien Público, el acta constitutiva de autoridades o comisión directiva, el último balance de ingresos y gastos, y el estatuto social. El beneficio se puede solicitar personalmente en cualquiera de las oficinas de atención de “AySA” y en las oficinas del “ERAS” con la solicitud de ingreso tarifa comunitaria completa.