También, “se regularía el tema de las expensas sobre qué es ordinario y extraordinario. Hoy es un punto que tiene muchas implicancias económicas a la hora de pagar todo el combo de la vivienda. Muchas veces no sabés cuánto vas a terminar pagando de expensas, te aumentan, no lo tenés previsto y te tenés que ir”.
Muñoz también resaltó la importancia que tendría para evitar la evasión fiscal. “Con el proyecto se plantea que haya un registro en la AFIP, algo que no hay y que es central en términos económicos. Hoy en día los alquileres tienen dos particularidades. Por un lado, no tienen ningún control del Estado en las cláusulas de los contratos, que en muchos casos son abusivos. Por otro, el hecho de que está prohibida la indexación y se hace igual cada 6 meses”.
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Gervasio Muñoz, titular de Inquilinos Agrupados
Gervasio Muñoz, titular de Inquilinos Agrupados
“Este punto es fundamental porque se termina la evasión multimillonaria de los alquileres. Nadie da ni recibe factura por un alquiler. Al igual que otros rubros, deberían tener que tributar. Ahí el Estado debería controlar quiénes alquilan y en qué condiciones”.
Ante la posibilidad de que no se llegue a tratar antes del cierre del período ordinario, arremetió: “Hace años que la aprueban en comisión, quieren sacarse la foto pero, luego, no tienen el coraje de votarla. Sabemos que hay un lobby en contra de esta ley, no sólo del mercado inmobiliario sino del gobierno nacional. Pedimos que llamen a sesión la semana que viene. La necesitamos con urgencia”.
Durante la reunión de comisión, el vicepresidente primero de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), Federico López Castromil, pidió que no "se desnaturalice la profesión de los corredores porque somos intermediarios y no mandatarios de una parte".
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EdificiosHori
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Las claves sobre la reforma del Código Civil y Comercial
- La extensión de un contrato de dos a tres años.
- Actualización anual -en lugar de semestral- que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario. En ese sentido se establecen una fórmula para la actualización de los precios, combinando el IPC (Índice de Precios al Consumidor) con el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
- Las garantías podrán ser un aval bancario, seguro de caución; garantía de fianza; o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.
- El inquilino presentará dos propuestas de garantías y el propietario estará obligado a elegir una; también se fija en un mes el depósito que tendrá que abonar el locatario.
- Se fija que las expensas extraordinarias deberán ser abonadas por el dueño de la propiedad.
- En caso de rescindir el contrato, el inquilino deberá avisar con tres meses de anticipación para evitar pagar una multa.