Sin embargo, el presidente Alberto Fernández firmó por la tarde el decreto mediante el cual autoriza el relevamiento del secreto de inteligencia a Macri, necesario para que el expresidente pueda declarar como imputado.
Según la Ley de Inteligencia Nacional 25.520, "los integrantes de los organismos de inteligencia, los legisladores miembros de la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia y el personal afectado a la misma, así como las autoridades judiciales, funcionarios y personas que por su función o en forma circunstancial accedan al conocimiento de la información mencionada en el artículo anterior deberán guardar el más estricto secreto y confidencialidad".
En el artículo 16 de dicha ley se indica que "las actividades de inteligencia, el personal afectado a las mismas, la documentación y los bancos de datos de los organismos de inteligencia llevarán la clasificación de seguridad que corresponda en interés de la seguridad interior, la defensa nacional y las relaciones exteriores de la Nación".
También se aclara que la obligación de guardar secreto subsistirá aunque el funcionario haya cesado en sus funciones como es el caso del exmandatario.