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Se cae el salvataje a Oil Combustibles y la Justicia define su quiebra

Patricia Blanco
por Patricia Blanco |
Se cae el salvataje a Oil Combustibles y la Justicia define su quiebra

Que pasó. La empresa holandesa Trafigura Argentina SA, que se había mostrado interesada en comprar Oil Combustibles en el marco de un proceso de “salvataje” o cramdown, desistió hoy ante el juez Javier Consentino de la operación.

Por qué. Según el escrito al que accedió A24.com, la empresa tomó esta decisión porque la AFIP reclama que la deuda de Oil Combustibles deba pagarse en 12 cuotas y sin planes especiales, como se pretendía. El ente recaudador estimó el pasivo de Oil Combustibles en más de 17 mil millones de pesos.

"Ante dicho escenario, resulta inviable que TASA pueda abonar o arribar a un acuerdo de pago de las deudas fiscales y tributarias de OCSA (Oil Combustibles) en las condiciones que las mentadas resoluciones internas de la AFIP establecen, aún asimismo en el hipotético supuesto que el organismo descarta de 96 meses ya que aún en dicha hipótesis la pretensión, al no condonar multas, intereses ni contemplar ninguna otra quita, resulta de tal cuantía que deviene en ruinoso desde el punto de vista económico la continuación del procedimiento de cramdown". "Ante dicho escenario, resulta inviable que TASA pueda abonar o arribar a un acuerdo de pago de las deudas fiscales y tributarias de OCSA (Oil Combustibles) en las condiciones que las mentadas resoluciones internas de la AFIP establecen, aún asimismo en el hipotético supuesto que el organismo descarta de 96 meses ya que aún en dicha hipótesis la pretensión, al no condonar multas, intereses ni contemplar ninguna otra quita, resulta de tal cuantía que deviene en ruinoso desde el punto de vista económico la continuación del procedimiento de cramdown".

Escrito presentado por Trafigura Argentina ante el juez Cosentino

Panorama. Según la empresa, “descartada la conformidad del mayor acreedor, resulta a todas luces inconveniente transitar el camino establecido por los arts. 48 y ss. de la Ley de Quiebras, cuando se conoce ya el desfavorable resultado final”.

Qué significa. El proceso de cramdown se cae. La AFIP le dijo al juez que si la firma desiste, corresponde “sin más el decreto por falta de terceros interesados”. La decisión está en manos del juez Cosentino.