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Irreconocible

Fallos con impacto económico, migraciones y libertad de expresión: la agenda de la Corte hasta fin de año

por Néstor Espósito | 03 de noviembre de 2019 - 07:25
Fallos con impacto económico, migraciones y libertad de expresión: la agenda de la Corte hasta fin de año

La Corte Suprema prepara un último disgusto para el gobierno de Mauricio Macri antes del fin de su mandato: un fallo que lo obligará a pagarle unos 45 millones de pesos más actualizaciones a la provincia de Santa Fe como compensación por una quita de coparticipación federal que se remonta a principios de los años 90.

El fallo es una secuela de aquella decisión que adoptó la Corte cuando el gobierno de Cambiemos aún no gateaba. A fines de 2015, el máximo tribunal falló a favor de las provincias de Córdoba, San Luis y Santa Fe declarando inconstitucional la detracción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que el Estado Nacional le quitaba a las provincias. Con esos fondos financió a la ANSES.

El mecanismo se inició en el gobierno de Carlos Menem pero se extendió en el tiempo. Obligado a pagar, el gobierno de Mauricio Macri inició un proceso de negociaciones que llegó a buen término con Córdoba pero no así con las otras dos provincias.

En febrero de 2019, la mayoría peronista de la Corte, integrada por Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, dispuso que el gobierno nacional debía devolverle al puntano 15 mil millones de pesos de coparticipación. Antes del 10 de diciembre próximo está en agenda una decisión similar a favor de Santa Fe por un monto que triplica al de San Luis.

Aunque la condena recaerá sobre el actual gobierno, queda claro que el que deberá pagarla será el próximo. Por una cuestión temporal y material, en los estertores de la administración Cambiemos no hay plazo ni dinero para saldar la deuda.

Convertido más que de costumbre en actor político, el tribunal también podría decretar la inconstitucionalidad de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Macri en 2017, que modificó la ley de Migraciones.

Se trata de una demanda colectiva contra el decreto que habilitó la expulsión del territorio nacional de extranjeros con antecedentes penales. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que el DNU es contrario a la Constitución Nacional, pero el gobierno llegó en apelación ante la Corte.

En el ínterin, en setiembre pasado, el órgano de supervisión de la Convención sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares -un organismo que depende de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)- sostuvo que el decreto no cumple con compromisos internacionales asumidos por la Argentina en 2007. Y recomendó su derogación.

En los próximos días la Procuración General de la Nación prometió presentar su dictamen, con lo que el expediente quedará en condiciones de fallo de la Corte. El pronóstico es la inconstitucionalidad del decreto.

Si ello hubiera ocurrido un año atrás habría significado una fuerte desautorización a la política de mano dura de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. También habría prestado a una contradicción con las posturas explicitadas por el ex candidato a vicepresidente por el aún oficialismo, Miguel Ángel Pichetto.

En el contexto político actual parece casi un guiño a la administración que asumirá el 10 de diciembre próximo.

Antes del cambio de gobierno también saldrán al menos un par de fallos más en materia de libertad de expresión, entre ellos la demanda de Cecilia Pando, esposa de un militar sancionado durante el anterior gobierno y fervorosa militante de la “causa castrense”, contra un fotomontaje que publicó la revista satírica Barcelona.

También una serie de resoluciones que atenderán a reclamos sobre salarios de miembros de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas. Ya hay un antecedente que fue adverso al gobierno y lo que se viene parece marchar en el mismo sentido.

Para después del cambio de gobierno quedarán otros temas sensibles, entre ellos la determinación de la “amplitud de potestad” del defensor del pueblo de la Nación (el cargo está vacante desde hace más de una década) para litigar en nombre de un colectivo de personas.

La discusión se enmarca en un reclamo de recomposición de haberes de jubilados. En 2009, el entonces defensor del pueblo, Guillermo Mondino, pidió la aplicación de uno de los fallos de la Corte que consagraba la actualización y movilidad de los haberes a toda la clase pasiva.

Pero antes de resolver el fondo del asunto, la Corte debe esclarecer una cuestión previa: ¿puede la Defensoría del Pueblo asumir la representación colectiva en todos los casos? Una respuesta afirmativa abriría las puertas para que el defensor prácticamente viva en tribunales, liderando todos los reclamos de incidencia colectiva.

La discusión es áspera y parece lejos de dirimirse en el corto plazo.

Sobre la situación de los jubilados el procurador general de la Nación adjunto Víctor Abramovich firmó en los últimos días un dictamen sobre la reforma previsional aprobada en un clima de violencia callejera por el Congreso en diciembre de 2017.

Se trata de la aplicación retroactiva de esa norma, que incluyó un período anterior a la sanción legislativa para el nuevo cálculo. En los hechos se demostró que el nuevo sistema fue perjudicial para los haberes de la tercera edad. Este primer fallo, cuya fecha aún es una incógnita, busca paliar al menos en parte ese perjuicio.

El dictamen del fiscal Abramovich aún no comenzó a circular entre los jueces de la Corte.

Otro tema largamente postergado en la Corte es el planteo de la cadena de farmacias Farmacity para instalarse en la provincia de Buenos Aires. En ese caso hubo, incluso, una audiencia pública, un paso que el máximo tribunal suele dar cuando duda sobre la solución a adoptar.

Pero rara vez después de la audiencia pública el fallo se demora por meses. En este caso sí, y la explicación se centra en que el Colegio de Farmacéuticos bonaerense recusó al juez Horacio Rosatti. Carlos Rosenkrantz también está excusado por sus vínculos con Farmacity. Los tres jueces que intervienen no consiguen formar mayoría y no se descarta que haya que llamar a un conjuez para definir la situación.

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