Vacaciones
En materia de vacaciones, se mantiene el período habitual entre octubre y abril, aunque ahora se permite pactar fechas fuera de esa ventana. Además, podrán dividirse en tramos de al menos siete días corridos. Si la empresa organiza licencias de manera escalonada, deberá garantizar que cada trabajador acceda al descanso en verano al menos una vez cada tres años.
Indemnizaciones
La normativa también redefine las indemnizaciones por despido sin causa, que se calcularán sobre la remuneración mensual, normal y habitual, dejando afuera conceptos como el aguinaldo y las vacaciones. A su vez, se establece que esa compensación será la única por desvinculación y se crea un nuevo esquema de actualización de créditos laborales atado al IPC más un 3% anual.
Entre las novedades aparece el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se financiará con aportes mensuales de los empleadores para cubrir costos de despidos. En paralelo, se habilita la creación de fondos de cese laboral por convenio colectivo, bajo un sistema de capitalización individual que reemplaza la indemnización tradicional, siempre que se acuerde en paritarias y no afecte derechos ya adquiridos.
También se modifican las condiciones para el pago de sentencias laborales: las grandes empresas podrán cancelar condenas en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pymes y empleadores individuales tendrán hasta doce.
Período de prueba, multas y registro digital
El período de prueba se extiende a seis meses en general y hasta ocho en firmas con menos de cinco empleados. Durante ese tiempo, el vínculo podrá finalizarse sin indemnización, aunque con obligación de registrar la relación y cumplir con los aportes desde el inicio.
Por otra parte, se eliminan las multas por empleo no registrado previstas en la Ley 24.013 y se reemplazan por un esquema de incentivos para la regularización. Quienes blanqueen trabajadores no serán sancionados, pero deberán abonar las diferencias salariales y previsionales correspondientes.
Finalmente, la reforma incorpora la digitalización de registros laborales, que deberán conservarse durante diez años, y establece que el pago de salarios se realizará exclusivamente por vía bancaria o a través de entidades oficiales.