Judiciales

Reforma laboral: la Cámara de Trabajo dejó en suspenso el fallo que había frenado 83 artículos

El tribunal dispuso que la apelación del Gobierno nacional tenga efecto suspensivo y dejó sin efecto la medida dictada por el juez Ojeda.

Reforma laboral: la Justicia dejó sin efecto el fallo que suspendía la aplicación

Reforma laboral: la Justicia dejó sin efecto el fallo que suspendía la aplicación

La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el escenario judicial sobre la reforma laboral impulsada por el Gobierno. Al conceder efecto suspensivo a la apelación oficial, dejó sin vigencia la cautelar que había frenado parte de la ley y habilitó su aplicación plena mientras continúa la revisión del caso.

La decisión de la Cámara y su impacto inmediato

El tribunal resolvió este jueves que la apelación presentada por el Estado Nacional tenga efecto suspensivo, lo que implica que la medida cautelar dictada en primera instancia deja de producir efectos de manera inmediata.

De esta forma, los artículos de la Ley de Modernización Laboral que habían sido suspendidos vuelven a estar vigentes sin necesidad de una definición urgente de la Corte Suprema sobre el per saltum solicitado por el Gobierno.

La decisión cambia el escenario que se había configurado tras el fallo del juez de primera instancia, que había hecho lugar al planteo de la CGT y frenado la aplicación de 82 artículos de la norma.

El argumento del tribunal

En su resolución, los camaristas señalaron que existe un régimen específico para este tipo de situaciones. Según indicaron, cuando una cautelar suspende total o parcialmente una ley, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo casos excepcionales.

En este expediente, consideraron que esas excepciones no se verifican, al menos en una evaluación preliminar.

Además, remarcaron que se trata de una norma aprobada por el Congreso, lo que le otorga “máxima legitimidad democrática”, y sostuvieron que corresponde que sea la Cámara, como tribunal colegiado, la que revise la validez de la cautelar sin que la ley quede suspendida durante ese proceso.

Qué cambia con la reforma en vigencia

Con la decisión judicial, vuelven a regir los artículos cuestionados de la ley 27.802, que introducen modificaciones en distintos aspectos del sistema laboral.

Entre los puntos principales se incluyen cambios en indemnizaciones por despido, nuevas modalidades de contratación, implementación del banco de horas, ajustes en el esquema de vacaciones y límites a las contribuciones sindicales.

La reacción del Gobierno

Tras conocerse el fallo, el presidente Javier Milei celebró la decisión a través de sus redes sociales con un mensaje enfático:

“No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. VIVA LA LIBERTAD CARAJO...!!!”.

Desde el oficialismo consideran que la medida judicial permite avanzar con una de las reformas estructurales clave del programa económico.

El planteo de la CGT y el conflicto abierto

La causa se originó por una presentación de la Confederación General del Trabajo, que cuestionó la constitucionalidad de varios artículos de la reforma.

La central sindical argumentó que algunas disposiciones vulneran derechos laborales protegidos por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, motivo por el cual solicitó la cautelar que inicialmente había sido concedida.